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OPINIÓN

Los ayuntamientos sí cumplen (y además tiran del 'carro')

HELENA BEUNZA*. 06/08/2015



VALENCIA. Recientemente el Financial Times publicaba un artículo relativo a cómo la crisis financiera en Reino Unido ha generado el despegue de la innovación en la gestión pública en la administración local. El diario financiero analiza cómo la reducción de la financiación durante un periodo prolongado del tiempo ha generado el surgimiento en Reino Unido de una nueva administración local, ahora centrada en la colaboración interadministrativa y con el sector privado.

Alex Thomson, quien fue asesor de Cameron durante la etapa más dura de la recesión, explica como la causa fundamental de la innovación local ha sido la libertad y autonomía en la gestión otorgada a los municipios por parte del gobierno central. Paralelamente el gobierno de Cameron, ha reconocido a aquellos Ayuntamientos que han modificado sus tradicionales formas de trabajo, con políticas de incentivos como los new homes bonus por importe de 1,17 billones de libras. Por su parte, el anterior Secretario General de Departamento de Administración Local, Lord Kerslake, responsable de la materia durante el primer periodo de recortes públicos ha advertido acerca de los serios riesgos para la prestación de servicios públicos por parte de la administración local si no se realiza una revisión en profundidad del sistema de financiación local.

En España, cuando se acaba de presentar el presupuesto general del Estado para el ejercicio 2016, y se están elaborando los presupuestos de las Comunidades Autónomas, resulta oportuno reflexionar sobre la situación financiera de la administración local en España, su comportamiento durante la crisis, y las medidas adoptadas por el Gobierno central.

La Fundación de Cajas de Ahorro (Funcas) publicaba en enero de 2015 el informe El mapa de la deuda en España: ¿Quién debe a quién?, elaborado por Analistas Financieros Internacionales (AFI). Los autores destacan cómo la evolución de la deuda en España desde el inicio de la crisis ha tenido "un elemento diferencial respecto al periodo de expansión económica: las administraciones públicas han elevado considerablemente su endeudamiento, al tiempo que lo reducían los dos principales sectores privados: esto es hogares y sociedades no financieras".

Es decir, el fuerte desapalancamiento privado se ha visto compensado por el fuerte aumento de las deudas de las Administraciones Publicas. En este sentido, el informe destaca como la deuda total de las administraciones públicas ha aumentado en 642.000 millones desde 2008 hasta mediados de 2014, duplicándose la deuda frente al resto del mundo y con un incremento incluso más pronunciado en la contraída con bancos y otras instituciones financieras como los fondos de inversión. En febrero de 2015, el Banco de España alertaba de cómo la deuda pública había incrementado un 7% en 2014 respecto a los datos de 2013.

Pero no todas nuestras administraciones se han comportado igual en materia de consolidación fiscal. Así según el "Resumen de la evolución de la deuda viva en el periodo 2011-2014 de los ayuntamientos por estratos de población y de Diputaciones, Consejos y Cabildos insulares" publicado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas, la deuda viva del total de Ayuntamientos, en tasa de variación interanual, en 2014 ha descendido un -10,2 %, destacando en el desglose por estrato de población la reducción que se ha operado por los Ayuntamientos menores a 5.000 habitantes, que ha sido de -13,4% y los de los mayores de 1.000.000 de habitantes que ha sido de -15,1 %. Por su parte las Diputaciones incrementaron su deuda en un 5,2% respecto a 2013, resultando así una tasa de variación interanual global de la administración local de un -7,9%. Mientras, el Estado incrementó su deuda en un 10,4% en tasa interanual, y las Comunidades Autónomas la incrementaron en un 4,8%.

En materia de gasto público, Funcas en una entrada de Alain Cuenca de fecha 28 de octubre de 2014, analizaba los datos correspondientes al gasto publico del periodo 2009-2013, concluyendo como de los tres niveles de administración, las entidades locales eran las que habían realizado un mayor esfuerzo en reducción del gasto público, un 20,44%, seguidas de las CCAA, con un 13,8% y finalizando con la Administración del Estado, con un 4,5%. Así, señala el autor que la consolidación fiscal en España, en cuanto al gasto corriente se había producido principalmente en las administraciones territoriales.

Estas cifras han intentado ser puestas en valor recientemente. El Presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias, en la Junta de Gobierno que tuvo lugar el pasado 15 de julio, enfatizó cómo las entidades locales son ahora mismo las administraciones publicas que están "tirando del carro" de la recuperación económica en España, destacando cómo con menos recursos prestan los mismos servicios a los ciudadanos. Por esta razón, en la Comisión Nacional de Administración Local la FEMP solicitó la flexibilización del techo de gasto para las entidades locales, poniendo en valor la consolidación de la Administración Local española como el sector económicamente más saneado. En este marco, De La Serna recordó como a cierre de 2014 mas del 90% de los Gobiernos Locales cerraron sus cuentas con superávit, sumando en su conjunto un balance positivo de 0,52% del PIB y ayudando a que el déficit del sector publico se acercase a las exigencias comunitarias para el país.

¿Cuál ha sido el resultado? Ni caso. Tras este periodo de fuerte constricción del gasto corriente de nuestros Ayuntamientos, con un escenario de crisis que sigue afectando a las familias españolas, y que hacen todavía más imperativo si cabe el mantenimiento de la prestación de servicios que tradicionalmente han sido prestados por nuestros Ayuntamientos, resulta cuanto menos curioso que se mantenga el discurso centralizador del Estado que se ha ido imponiendo en la conciencia de la ciudadanía a través de la opinión generada por determinados partidos políticos y que ha sido recogida por los medios de comunicación y tenido reflejo en la reciente Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

La exposición de motivos de la citada norma señala como objetivos básicos: clarificar las competencias municipales para evitar duplicidades con las competencias de otras Administraciones de forma que se haga efectivo el principio «una Administración una competencia», racionalizar la estructura organizativa de la Administración local de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas.

Respecto a la justificación del primero de los objetivos, el de la clarificación de las competencias municipales, llama la atención la justificación que continúa realizando la Exposición de Motivos de la Ley, al destacar: Por otra parte, existe una estrecha vinculación entre la disfuncionalidad del modelo competencial y las haciendas locales. En un momento en el que el cumplimiento de los compromisos europeos sobre consolidación fiscal son de máxima prioridad, la Administración local también debe contribuir a este objetivo racionalizando su estructura, en algunas ocasiones sobredimensionada, y garantizando su sostenibilidad financiera. Parece olvidar la ley que la Administración local no sólo ha contribuido al objetivo de consolidación fiscal, sino que ha permitido equilibrar la cifra final dados los malos resultados del Estado y de las Comunidades Autónomas.

En este contexto, el Consejo de Ministros, por acuerdo de 10 de julio de 2015, fijó los objetivos de déficit fiscal que deberán cumplir las corporaciones locales para 2016-2018.

Asimismo se establecieron lo siguientes objetivos de deuda pública para el mismo periodo: 

De estas cifras se deduce como, una vez más, el esfuerzo que han realizado las Entidades Locales no ha sido reconocido por el Estado, haciendo oídos sordos a las reclamaciones planteadas por la Federación Española de Municipios y Provincias. El hecho de que el 90% de los consistorios cerrara sus ejercicios con números positivos, sirvió de argumento para pedir al Gobierno más flexibilidad en materia de gasto y la posibilidad de emplear el superávit fiscal no solo en amortizar deuda, sino también en aumentar los servicios sociales.

En este punto se hace necesario recordar cómo esta competencia tradicional de los Ayuntamientos españoles quedó muy restringida como consecuencia de la Ley de Racionalización, ya si bien antes estos eran competentes, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en materia de "Prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social", actualmente los n solo en materia de "Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social".

Huelga decir a la vista de los datos anteriormente señaladas que si alguna administración ha contribuido al objetivo del cumplimiento de los compromisos europeos sobre consolidación fiscal, ha sido exactamente la administración local, manteniendo el nivel y calidad de prestación de los servicios públicos. A diferencia de otros países de nuestro entorno, con una estructura de Estado mucho mas centralizada, como es el Reino Unido, en el que se ha reconocido la aportación positiva realizada por las entidades locales al mantenimiento de la prestación de los servicios públicos, el Gobierno Español ha mantenido no sólo las constricciones presupuestarias para el sector local, sino también las limitaciones normativas que restringen la autonomía y flexibilidad en la gestión pública local, cristalizadas en la citada Ley 27/2013. Pero no todo el reconocimiento y apoyo debería venir del gobierno central, también las Comunidades Autónomas juegan un papel fundamental en esta materia.

El régimen local español se caracteriza por su naturaleza bifronte, es decir, tal y como señala el propio Tribunal Constitucional, la garantía y defensa de la autonomía local es algo que obliga no solo al Estado, sino también a las Comunidades Autónomas, debiendo de nutrirse no solo de la participación en los tributos del Estado y sino también en la de las Comunidades Autónomas. La autonomía local, reconocida en la Constitución Española, no se circunscribe exclusivamente al plano de la organización y al competencial, sino que abarca también una vertiente financiera, reconocida en el artículo 142 de la Constitución Española. El principio de suficiencia financiera, debe de ser garantizada en primer término por el Estado, pero también por las Comunidades Autónomas.

Es en este último aspecto, en el que queda mucho por hacer en la Comunidad Valenciana, la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana, reguló en su artículo 201 la creación del fondo de cooperación municipal, y cinco años después de su creación, este todavía no ha sido puesto en marcha.

El partido ahora en el gobierno, el PSPV-PSOE, incluyó en su programa de gobierno de las Elecciones Autonómicas del pasado mes de mayo, un claro compromiso a favor de la suficiencia financiera de los municipios valencianos, comprometiéndose no solo a "fomentar la máxima autonomía municipal para acercar la gestión al ciudadano", sino también la creación del "Fondo de Cooperación Local, de carácter incondicionado para todos los Ayuntamientos". En un momento complicado y teniendo en cuenta la dificultad para la preparación de los presupuesto autonómicos del ejercicio 2016, no solo por la herencia recibida, sino también por las constricciones derivadas de las líneas anunciadas por el Ministerio de Hacienda, es oportuno recordar al nuevo gobierno autonómico sus obligaciones contraídas con los ciudadanos.

Los municipios valencianos y todos los ciudadanos que reciben los servicios prestados por éstos, necesitan con urgencia la efectiva creación y desarrollo reglamentario del Fondo de Cooperación Municipal, y su previsión en los presupuestos para el ejercicio 2016 de la Generalitat Valenciana, así como la flexibilización de las medidas de contención del gasto y de la deuda pública impuestas por el Gobierno central sin reconocer el esfuerzo realizados por los mismos durante la crisis.

*Abogada especialista en Derecho Público.

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