Los inspectores de Hacienda creen que con este cambio se limita la posibilidad de vaciar el capital de las sicavs
MADRID (VP/EP). La vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, ha revelado que los cambios en la tributación de las sicavs, tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el IRPF, eliminando la posibilidad que tenían los partícipes de diferir el pago por la percepción de dividendos, se aplicará con efecto retroactivo para las operaciones efectuadas a partir del pasado 24 de septiembre, el día que el Consejo de Ministros aprobó los Presupuestos Generales del Estado para 2011.
La modificación, recogida en los artículo 66 y 75 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 afecta a las reducciones de capital y distribución de la prima de emisión efectuadas a partir de 23 de septiembre de 2010 y tendrá vigencia indefinida, si bien Salgado ha precisado que el primer día de su vigencia efectiva será para las operaciones realizadas a partir del 24 de septiembre.
En rueda de prensa para presentar las cuentas, Salgado admitió que esta retroactividad de la medida no fue revelada en la rueda de prensa posterior a la reunión ministerial del pasado viernes y no ha explicado esta retroactividad, limitándose a señalar que, como los impuestos se devengan a 31 de diciembre --un día antes de la entrada en vigor de los Presupuestos-- el gobierno pude fijar la fecha que considere conveniente para su entrada en vigor.
TEMOR DE FUGA DE CAPITALES
El secretario general de la asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, Francisco de la Torre, había advertido de que el cambio hubiera constituido un incentivo "fortísimo" a la fuga del capital depositado en estos instrumentos, dado que su entrada en vigor, el 1 de enero, se anunciaba con más de tres meses de antelación.
Para De la Torre, el problema de este cambio fiscal no es la modificación en sí, sino el momento en que iba a entrar en vigor, tiempo suficiente para que el capital invertido en las sicavs se sacara mediante reducciones de capital sin pagar nada y evitar así tributar al 19% ó el 21% por estas mismas operaciones a partir del 1 de enero.
PROBLEMAS DE CONSTITUCIONALIDAD
La única manera de evitar esta situación, que De la Torre calificó como "agujero legal", era, en su opinión, introduciendo esta medida con carácter retroactivo, solución por la que finalmente ha optado el Gobierno. No obstante, para los inspectores esta solución puede ir contra la seguridad jurídica por cambiar las reglas del juego en mitad de un año fiscal y, precisamente por ello, podría generar problemas de constitucionalidad.
Así las cosas, De la Torre señaló que lo mejor hubiera sido anunciarlo "en el último minuto", es decir, casi el mismo día de su entrada en vigor para evitar una fuga de capitales.
AUMENTO DE LA TRIBUTACIÓN PARA LAS RENTAS MÁS ALTAS
Además de este cambio fiscal, las cuentas públicas del próximo año contienen también otras modificaciones tributarias. En concreto, el Gobierno ha introducido un aumento al 44% del tipo marginal del IRPF al que tributarán las rentas que superen los 120.000 euros anuales, un punto más que actualmente, y ha incrementado en dos puntos, hasta el 45%, el marginal de las rentas que superen los 175.000 euros a partir del 1 de enero de 2011.
Este incremento aportará como mínimo entre 170 y 200 millones de euros a las arcas del Estado y el número de contribuyentes afectados se sitúa en torno a 100.000.
Hasta ahora, el IRPF contaba con cuatro tramos: del 24% para las rentas de entre 5.050 y 17.360 euros, del 28% para los ingresos de entre 17.360 y 32.360 euros, del 37% entre 32.360 y 52.360 euros y del 43% para los ingresos a partir de este importe y hasta 120.000 euros. A partir de 2011, contará con dos nuevos tramos, uno que irá desde los 120.000 euros hasta los 175.000, gravado con un 44%, y otro para las rentas que superen los 175.000 euros, con un tipo del 45%.
Dentro del IRPF, el Ejecutivo ha modificado también la tributación de las retribuciones plurianuales y ha fijado en 300.000 euros el límite de los rendimientos a los que se puede aplicar la reducción del 40%, frente a los 600.000 euros anteriores.
Igualmente, se han introducido cambios en Ley del Impuesto sobre Sociedades para que las entidades de reducida dimensión que pierdan dicha condición por superar el límite de 8 millones de euros de cifra de negocios, puedan seguir aplicando el régimen especial de tributación del que se benefician.
También para estas entidades, las operaciones societarias y las ampliaciones de capital que se realicen en 2011 y 2012 quedarán exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
DEDUCCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA
El proyecto de Presupuestos incluye, igualmente, la eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual para los contribuyentes con bases imponibles iguales o superiores a 24.170,20 euros, así como la equiparación del tratamiento de este beneficio fiscal con la deducción por alquiler de vivienda.
Además, se incrementa del 50% al 60% la reducción del rendimiento neto por arrendamiento de vivienda, y se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de aplicar la reducción del 100%.
El impacto recaudatorio total de este conjunto de medidas fiscales se situará en unos 300 millones de euros, de los que prácticamente dos tercios (entre 170 y 200 millones como mínimo) procederán del incremento de la tributación en el IRPF para las rentas más altas.
Actualmente no hay comentarios para esta noticia.
Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.
Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.