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DESPIDO DISCIPLINARIO POR FALSEAR CUENTAS

El Supremo ratifica que el despido de Amorós en CAM fue procedente

VALENCIAPLAZA.COM. 03/06/2013 La exdirectora general pretendía cobrar una indemnización de 10 millones de euros

VALENCIA. El Tribunal Supremo ha declarado la inadmisión del recurso interpuesto por María Dolores Amorós, ex directora general de CAM, confirmando las pretensiones de la parte defendida por el Departamento Laboral de Broseta que dirige Isabel Merenciano y poniendo punto y final al proceso ordinario por el que la ex directora general de CAM solicitaba inicialmente 10 millones de euros en concepto de lucro cesante y una doble indemnización por el despido acordado por los administradores del FROB.

La confirmación del pronunciamiento judicial supone además extender los efectos sobre la previsión social complementaria, perdiendo sus derechos respecto a la pensión que se había fijado la ex directora general de CAM en su contrato de 369.497,16 euros anuales.

EL PROCESO

El Juzgado de lo Social nº4 de Alicante desestimó en su sentencia del 15 de marzo de 2012 las pretensiones formuladas por María Dolores Amorós tras su despido, quien recurrió la sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. El TSJ valenciano desestimó también, el 13 de septiembre de 2012, el recurso interpuesto y confirmó la sentencia. Tras esto, María Dolores Amorós interpuso ante el Tribunal Supremo un recurso de casación para unificación de doctrina contra esta última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El Alto Tribunal, en un auto contra el que no cabe recurso, ha declarado la inadmisión de esta petición de Amorós confirmando este despido disciplinario en el que ha trabajado el equipo de laboral de Broseta.

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