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HEREDEROS EN PLEITOS

La tasación de la finca Apple enfrenta a los herederos ante los tribunales

VALENCIAPLAZA.COM. 29/04/2013 Uno de los propietarios denuncia que el valor del inmueble es muy superior al acordado

Tienda Apple el ValenciaVALENCIA (EP). El Decanato de los Juzgados de Valencia ha defendido la designación de peritos para la tasación del edificio ubicado en la calle Lauria, esquina con Colón, arrendado por Apple España, mientras que los propietarios alegan que se basa en supuestos y piden aclaraciones, según se desprende de las últimas diligencias practicas en el procedimiento, a las que ha tenido acceso Europa Press.

Así consta en la nueva documentación aportada a la causa que se sigue en el juzgado de Instrucción número 12 de Valencia, que investiga un presunto fraude por las tasaciones efectuadas respecto del edificio, en relación con una herencia millonaria de la que presuntamente resultó perjudicado uno de los hijos.

El caso se inició con la demanda interpuesta por un hombre heredero del edificio en el que se ha albergado Apple por presunto fraude en las tasaciones. El hombre tuvo que pagar unos 15 millones de euros a sus hermanos --coherederos-- para cumplir con las compensaciones de los bienes heredados. En el procedimiento figuran dos peritos imputados --un arquitecto de la Sociedad del Colegio de Arquitectos (Arquitasa) y un Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API)--, a los que la jueza ya ha pedido los seguros de responsabilidad civil. El seguro del arquitecto está concertado con la entidad Asemas.

El perito de Arquitasa tasó el inmueble de Valencia, del siglo XIX, en 36.082.225,15 euros, pese a que "no lo visitó por dentro ni comprobó su verdadero estado", según mantiene el letrado de los propietarios, Mario Gil; por su parte, el perito inmobiliario rebajó esta cifra hasta los 32.157.584 euros. Sin embargo, el inmueble fue vendido a una sociedad por el precio de 18 millones, es decir, la mitad del precio en que el arquitecto imputado lo valoró.

Como consecuencia de la demanda, la jueza ha ordenado una serie de diligencias, entre ellas, recientemente ha solicitado al Decanato de los juzgados de Valencia que informara del motivo por el que se sustituyó a los dos peritos designados inicialmente, y que identificara a la persona responsable de esta decisión. La juez también requirió a la Policía Judicial que investigara en los servidores de correo electrónico de los que sean titulares los imputados.

"TURNO RIGUROSO"

Respecto a la primera solicitud, el Decanato ya ha enviado su informe. En el mismo, indica que el nombramiento de peritos se hace por "turno riguroso", y expone que se designaron en este caso a dos, "al remitirse dos peticiones". Al respecto, prosigue que la magistrada, al recibir estas designaciones "debió darse cuenta del error", y de ahí el oficio para solicitar aclaración. Seguidamente, el Decanato "entiende" que el proceder "debió ser dejar sin efecto el segundo nombramiento por un sencillo razonamiento, porque cada año se realiza un sorteo para determinar porque letra se comienza el nombramiento" y así se debió actuar en este caso.

Posteriormente, el Decanato indica que aparece otro oficio referente a la petición del nombramiento de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API), y que anulaba las designaciones anteriores, "con lo que se presupone que debió ser dicho juzgado el que debió acordar que para realizar esa prueba pericial, el experto debería ser un API". Al respecto, indica que "bajo ningún supuesto" la oficina de este Decanato puede entrar a valorar quién es el competente para realizar una prueba pericial, "sino que se limita exclusivamente a designar de las listas conforme a las especialidades que se solicitan".

Frente a estos argumentos, Mario Gil, el letrado de los demandantes, ha presentado un escrito ante la jueza en el que advierte de que el oficio del Decanato parte de "determinadas suposiciones" que "en absoluto" constan en el procedimiento judicial. Asimismo, subraya que en este caso no existió un error, sino que la jueza "únicamente pidió una mera aclaración", y señala que "en absoluto" se comunicó "nada" con respecto a que debería ser un API quien realizara el informe.

A su entender, la contestación del Decanato "es racional y lógica, si por parte del juzgado se hubiera dado cuenta de la existencia de un error, y se hubiera acordado que se nombrara un API, pero la realidad no es esa".

Además, el abogado puntualiza que en el oficio remitido no consta el nombre de la persona responsable de la tramitación del expediente, por lo que interesa que se remita de nuevo una petición a Decanato para que se proceda a identificarla y se le pueda tomar declaración testifical.

CORREOS ELECTRÓNICOS

Por otro lado, la Policía Judicial ha remitido un escrito al juzgado en el que indica que el 1 de febrero de 2011 se produjo el registro de la sede de la mercantil Arquitasa y despacho de uno de los imputados, y se intervino diferente material informático que fue posteriormente estudiado por la Brigada de la Policía Científica de Valencia.

Al respecto, señala que en ninguno de estos lugares se encontraban los servidores de los correos electrónicos de los dos imputados. "Se desconoce cuáles son las cuentas de correo electrónico que los imputados estuvieron utilizando cuando ocurrieron los hechos. Si pertenecen a las compañías más conocidas, sus servidores se encuentran ubicados en el extranjero, EEUU o algún país del sudeste asiático", advierte.

Así, la Policía advierte de que para conocer los datos solicitados, una vez conocidas las cuentas, sería "necesario" emitir comisiones rogatorias a esas compañías. "También --agrega-- debe tenerse en cuenta que la probabilidad de que dichas compañías todavía conserven los datos requeridos es ínfima, debido al tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos".

Frente a esta respuesta, el letrado de los denunciantes ha facilitado a la jueza una serie de direcciones de correos electrónicos que supuestamente utilizaban los dos imputados para que las remita a la Policía e investigue sus contenidos, en relación con los informes de las tasaciones.

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