El Ejecutivo aprobó el viernes el proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2011, donde se incluyen algunas novedades fiscales que entrarán en vigor el próximo año, como los cambios en la tributación de las sicavs, tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el IRPF, eliminando la posibilidad que tenían ahora los partícipes de diferir el pago por la percepción de dividendos, pero mantiene en el 1% la tributación de estas sociedades de inversión colectiva.
En declaraciones a Europa Press, De la Torre indicó que a partir de ahora se van a gravar las reducciones de capital en estas sociedades como si fueran repartos de dividendos y, por tanto, sujetos a una retención del 19% si las ganancias no superan los 6.000 euros y del 21% si están por encima de esta cifra.
Hasta ahora, los partícipes de las sicavs evitaban tributar por las rentabilidades obtenidas reduciendo capital, operación que no tributa en el momento que se ejecuta y que realizaban todas las veces que fuera necesario, con el fin de diferir el pago del impuesto indefinidamente.
A efectos fiscales, el dinero que sale de las sicavs como reducciones de capital no tributa hasta que no supere la cantidad inicialmente invertida, porque se considera que lo que se retira es capital y no las ganancias obtenidas por las inversiones de las sicav.
De la Torre señaló que ninguna sociedad de inversión colectiva permite a un socio reducir capital a su conveniencia fiscal, salvo que la sociedad sea suya. Esto confirma, a su juicio, que las sicav no son instituciones de inversión colectiva y, por tanto, no deberían beneficiarse de las ventajas fiscales de esta figura, sino que más bien se trata de una manera de gestionar patrimonios personales o familiares con los denominados inversores de 'paja', que figuran nominalmente como partícipes, pero que en la práctica no lo son.
MÁS DE TRES MESES PARA VACIAR LAS SICAVS
Para De la Torre, el problema de este cambio fiscal no es la modificación en sí, sino el momento en que entra en vigor, dentro de más de tres meses, tiempo suficiente para que el capital invertido en las sicavs se saque ahora mediante reducciones de capital sin pagar nada y evitar así tributar al 19% ó el 21% por estas mismas operaciones a partir del 1 de enero.
La única manera de evitar esta situación, que De la Torre calificó como "agujero legal", sería, en su opinión, introduciendo esta medida con carácter retroactivo, pero tampoco sería una solución del todo ideal, ya que va en contra de la seguridad jurídica cambiar las reglas del juego en mitad de un año fiscal y, precisamente por ello, podría generar problemas de constitucionalidad.
Así las cosas, De la Torre señaló que lo mejor hubiera sido anunciarlo "en el último minuto", es decir, casi el mismo día de su entrada en vigor para evitar una fuga de capitales.
Actualmente no hay comentarios para esta noticia.
Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.
Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.