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PROCESO JUDICIAL

El laberinto judicial del ERE de RTVV alarga el proceso hasta el año 2014

A. MOHORTE. 25/01/2013 Las demandas individuales no tendrían las primeras sentencias hasta finales de 2014 y principios de 2015, si no prospera la demanda colectiva

VALENCIA. La vía judicial ante el expediente de regulación de empleo (ERE) de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV) toma el camino más largo. La decisión de la Audiencia Nacional de declararse "incompetente" para juzgar la demanda colectiva presentada por UGT, CC OO, Intersindical Valenciana y CGT pone la pelota en el tejado del Tribunal Supremo que deberá decidir qué instancia es la competente para juzgar el caso.

Hace unas semanas, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ), ya se declaró también "incompetente" sobre la materia por tener RTVV implantación más allá de la Comunitat (al contar con centros en Madrid y Barcelona). Por contra, la Audiencia Nacional, que sería la competente en opinión del TSJ, advierte que los trabajadores afectados por el ERE son sólo de las provincias de Valencia, Alicante y Castellón (señalando al TSJ como el competente para la materia). De este modo, será el Tribunal Supremo quien tenga la última palabra y señale quién es el competente.

De este modo, se confirman los temores de las partes a que el caso se alargue en el tiempo hasta la primavera o el verano de 2014, por la demora y los plazos de la Justicia española. Teniendo en cuenta que la demanda colectiva se presentó el 19 de septiembre, la sentencia firme podría no llegar hasta casi un año más tarde.

IDA Y VUELTA AL TRIBUNAL SUPREMO

Según fuentes jurídicas consultadas por Valenciaplaza.com, el Tribunal Supremo puede tardar entre dos y tres meses en dictar qué órgano ha de juzgar la demanda colectiva. En el mejor de los casos, la decisión llegaría en abril de 2013 y, a partir de ahí, se abrirían dos caminos: que la demanda tenga que ser juzgada por la Audiencia Nacional o que lo haga el TSJ.

Con la carga actual de los juzgados, el TSJ no pondría fecha para el inicio del juicio hasta mes y medio después, mediados de junio o principios de julio. Si la designada por el Tribunal Supremo fuera la Audiencia Nacional, este plazo se prolongaría entre 15 a 20 días más, según la experiencia en este mismo caso con la demanda presentada inicialmente por dos de los sindicatos.

En un caso y en otro, la sentencia no llegaría, en el mejor de los casos, hasta principios de otoño, ya que agosto resulta un mes prácticamente inhábil. A partir de ese momento, las partes deberán optar entre recurrirla o no al Tribunal Supremo, la instancia que dictaría la sentencia firme.

En el caso de que la demanda no prosperara y los jueces dieran la razón a la empresa en primera instancia, los sindicatos han mostrado repetidamente su voluntad de ir "a por todas" y continuar la vía judicial, recurriendo la sentencia. Por otra parte, en el caso de que la dirección perdiera el juicio, esta podría optar por aceptar la decisión judicial y negociar un nuevo ERE (opción planteada por distintos conocedores de procesos similares, pero de menor envergadura) o recurrir al Supremo.

EL FINAL DE LA CARRERA

Otra vez camino del Tribunal Supremo, el alto tribunal podría dar fecha para el nuevo juicio a finales de 2013 o, más posiblemente, para principios de 2014. Teniendo en cuenta los medios y la carga de trabajo habitual del Tribunal Supremo, la sentencia podría llegar en la primavera de 2014.

Si en este punto se declarase nulo el ERE, la empresa tendría que reintegrar a los trabajadores afectados y pagarles las retribuciones correspondientes a todos estos meses. Por su parte, los trabajadores tendría que devolver las indemnizaciones y la prestación por desempleo percibida. Además de la molestia que toda esta tramitación significaría desde un punto de vista administrativo, fuentes conocedoras del proceso aseguran que económicamente saldría "cuenta con paga".

En todo caso, los 1.198 trabajadores afectados volverían a su puesto de trabajo (incluidos los que estaban destinados para entonces ya servicios externalizados, como el personal técnico) y se iniciaría la negociación de un nuevo ERE en función de las circunstancia económicas de la empresa en ese momento.

Desde un punto de vista de gastos, en el caso de la empresa, su representante sería Garrigues, que aceptó la defensa jurídica de RTVV tanto en las demandas colectivas como en las individuales, mientras que los sindicatos demandantes correrían con los gastos en los que incurrieran sus propios servicios jurídicos, que ya están trabajando de forma coordinada.

CENTENARES DE DEMANDAS INDIVIDUALES

Por otra parte, en el caso de que la sentencia respaldara la decisión de la empresa, se iniciaría entonces los procesos correspondientes a las demandas individuales que se han presentado y que han ido quedaron paralizadas a la espera de la solución de la demanda colectiva.

Esta situación significaría la activación de golpe de varios centenares de demandas que se han ido presentando desde el 19 de diciembre de 2012 y las que se presenten a medida que los trabajadores vayan dejando sus puestos en las próximas semanas y meses.

Dependiendo del juez que tocara en cada caso, entre la convocatoria de juicio, su celebración y la redacción de la sentencia, fuentes jurídicas no descartan que a principios de 2015 todavía se estaría dictando sentencias, cuando en algunos casos los afectados ya habría visto expirar sus prestaciones por desempleo si no han encontrado otro trabajo.

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