VALENCIA (EP). La Generalitat valenciana ha decidido acatar la sentencia del Tribunal Supremo sobre las emisiones de TV3 en la Comunitat, por lo que anulará la multa impuesta a Acció Cultural del País Valencià (ACPV), propietaria de los repetidores que emiten la señal, así como la prohibición de las reemisiones de la televisión autonómica catalana en esta autonomía.
Así lo han indicado fuentes de la Generalitat después de la sentencia de la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS), que ha estimado el recurso interpuesto por ACPV y ha anulado las resoluciones de la Generalitat valenciana adoptadas en 2007 en las que se acordaba el cese de las emisiones de TV3 en la Comunitat e imponía una sanción de 300.000 euros a la entidad cultural al considerar que el Consell no era el órgano competente para hacerlo.
Desde la Generalitat se ha precisado que ésta es una sentencia en la que el TS "establece que las competencias sancionadoras por uso indebido del espacio radioeléctrico no son de una comunidad autónoma, sino del Estado" y que señala "expresamente" que no entra a valorar que sea lícita la conducta del recurrente, en este caso ACPV, que recurrió la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana de mantener las resoluciones sancionadoras hacia la entidad cultural.
Por tanto, añaden que, según el TS, la Generalitat valenciana "no es competente para sancionar o prohibir, ya que es una competencia estatal" y, en consecuencia, desde el Gobierno valenciano se ha asegurado que se acata la sentencia, se anulará la multa a ACPV, así como la prohibición de las reemisiones de TV3, dada la decisión del TS de considerar que una comunidad autónoma, en este caso la Comunitat Valenciana, "no tiene capacidad de prohibir dichas reemisiones radioeléctricas".
En este sentido, han recalcado que la Generalitat valenciana "siempre" ha defendido un convenio de reciprocidad, "tal y como establece la Ley 55/99, que permita que Canal 9 se vea en Cataluña".
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