Estos objetivos individuales para cada una de las comunidades autónomas se establecen sin considerar el efecto de las previsiones de liquidación del sistema de financiación a favor del Estado.
Además, están condicionados a que las comunidades autónomas presenten o actualicen sus planes económicos-financieros de reequilibrio, y a que las medidas incluidas en éstos sean declaradas idóneas por el Consejo de Política Fiscal y Financiera.
En caso de que no presenten o actualicen dichos planes, y teniendo en cuenta las previsiones incluidas en el informe sobre la posición cíclica de la economía española, el objetivo de estabilidad deberá respetar los siguientes límites establecidos en la Ley General de Estabilidad Presupuestaria: un déficit del 0,75% en 2011 y equilibrio en 2012 y 2013.
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