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Los proveedores deberán inscribirse en el Registro de Facturas de la Generalitat para poder cobrar

10/09/2012 Las empresas que no utilicen el procedimiento de facturación electrónica podrán presentar directamente las facturas
Alberto Fabra y José Manuel Vela

VALENCIA (VP). El Registro de Facturas de la Generalitat entrará en vigor este martes, tras la publicación del decreto este lunes en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). El texto normativo establece que para que la administración reconozca las obligaciones por la prestación de servicios, los proveedores deberán inscribirse en este registro de facturas.

El texto del decreto, aprobado por el pleno del Consell el pasado viernes, señala que una buena gestión de las finanzas públicas "determina la necesidad de conocer en todo momento el volumen real del gasto de las administraciones públicas".

Del mismo modo, los proveedores tienen la obligación de hacer llegar los originales de las facturas en el mismo momento de su expedición. Aquellos que no utilicen el procedimiento de facturación electrónica podrán presentar directamente las facturas.

Para ello, las distintas consellerias habilitarán las unidades de registro que sean necesarias para anotar e inscribir las facturas que se presentan por los proveedores. En el supuesto d que los centros gestores no se muestren conforme con alguna de las facturas, la devolverán al proveedor.

Asimismo, los responsables de los registros de entrada de las consellerias, darán traslado "inexcusablemente" el Registro de Facturas en el plazo máximo de 10 días naturales las facturas.

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