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El juzgado de Valencia que investiga a la cúpula del BVA se inhibe a favor de la Audiencia

25/07/2012

VALENCIA (EP). El juzgado de Instrucción número 3 de Valencia se ha inhibido a favor de la Audiencia Nacional para que sea este órgano el encargado de investigar a los anteriores consejeros y directivos de Banco de Valencia por presuntas irregularidades en la gestión, según consta en un auto con fecha de este miércoles al que ha tenido acceso Europa Press.

El pasado 2 de julio, el juzgado de Valencia recibió una petición de la Audiencia para que se inhibiera a su favor en este asunto. Este paso se produjo después de que el Fondo de Reestructuración y Ordenación Bancaria (FROB) denunciase a los exdirectivos de esta entidad bancaria ante la Audiencia.

El juzgado de Valencia, que instruye la querella interpuesta por la Asociación de Pequeños Accionistas del Banco de Valencia (Apabankval) contra el consejo de administración de la entidad por dos delitos societarios -uno de falsedad contable y otro de administración desleal-, ha acordado aceptar la inhibición al entender que es la Audiencia la competente para investigar este asunto.

En el procedimiento instruido en Valencia hay un total de 27 imputados, entre los que se encuentra el expresidente de Banco de Valencia y expresidente de Bancaja, José Luis Olivas. En un principio, el juez iba a tomarles declaración el 25 de abril, pero se suspendieron tras solicitarlo el ministerio fiscal, quien consideraba que no se disponía de suficiente documentación para comenzar con las declaraciones.

Por este motivo, Fiscalía pidió al juzgado que recabase documentación registral e informes a la entidad bancaria y a Banco de España. También solicitó libros de actas de Banco de Valencia, informes de las inspecciones realizadas por Banco de España a esta primera entidad, créditos concedidos y operaciones de compra/venta de acciones o de riesgo.

Esta misma documentación también fue requerida por Diego Muñoz-Cobo, letrado de la asociación de pequeños accionistas, en la querella que presentó en febrero con la adhesión de 137 accionistas que representan el 1% del capital de Banco de Valencia.

INFORME DEL FROB

Por su parte, el juzgado también pidió al FROB hace tres meses un informe detallado sobre la gestión del Banco de Valencia, y le preguntó por si consideraba que podía haber existido irregularidades o incumplimiento de la normativa bancaria y mercantil en la gestión desarrollada por anteriores administradores y directivos de la entidad.

Al respecto, el FROB remitió hace unas semanas un escrito al juzgado en el que señalaba que las personas designadas por su organismo para ejercer las funciones que le correspondían como administrador provisional del Banco de Valencia, ante la existencia de indicios de actuaciones "irregulares", solicitaron la elaboración de una investigación "objetiva e independiente".

Esta investigación culminó -según expone en su escrito remitido al juez- en la elaboración de un informe pericial, en el que se ponían de manifiesto actuaciones "que podrían ser constitutivas de diversos delitos cuyo conocimiento correspondería a la Audiencia Nacional, a la vista de la naturaleza, del número de posibles afectados, de la condición de la entidad cotizada de Banco de Valencia y la repercusión en la economía nacional".

Por este motivo, y ante el convencimiento del FROB de que las circunstancias expuestas exigían la "inmediata" actuación de la Audiencia, este organismo comentó al juzgado que consideraba "ineludible" poner a disposición del juzgado Central de Instrucción de la Audiencia el informe pericial practicado, mediante la presentación de una denuncia en este organismo nacional.

El juzgado, tras recibir este informe del FROB, remitió un oficio a las diferentes partes que integraban el procedimiento para, entre otras cuestiones, preguntarles sobre la competencia para investigar a Banco de Valencia, es decir, si el caso se debería quedar en el juzgado de Valencia o instruirse en la Audiencia Nacional por el tipo de delitos y la cantidad de personas afectadas. Tras pronunciarse las partes, el juzgado ha acordado inhibirse a favor de la Audiencia.

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1 comentario

Boro Inot Hernándiz escribió
25/07/2012 23:44

Ya empezamos.Si este fuera un país serio el juicio estaría a punto de comenzar. Pero esto es España y conociendo los antecedentes, en el mejor de los casos dentro de mínimo 10 o 15 años, con la mitad de los imputados y perjudicados ya fallecidos, la sentencia impondrá una pena irrisoria que no se cumplirá o el asunto quedará en nada por un defecto de forma.

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