MADRID (EP). La recaudación del Impuesto de Sociedades ha caído un 63% entre 2007 y 2011, lo que ha supuesto la pérdida de más de 28.000 millones de euros durante la crisis, según el REAF, el órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas.
En el documento que ha elaborado el REAF para ayudar a la declaración de este impuesto, se pone de manifiesto también que los beneficios fiscales de este tributo cuestan 3.700 millones, encabezados por la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Asimismo, el REAF asegura que el 48% de la recaudación se consigue a través de las 673 empresas con ingresos superiores a 180.000 millones y que en 2009 más de 1.400.000 de las autoliquidaciones presentadas tuvieron bases imponibles positivas (459.016), siendo el resto (960.054) declaraciones con bases negativas o cero.
NOVEDADES NORMATIVAS
En cuanto a las novedades normativas de 2011, los economistas destacan la limitación transitoria para los ejercicios iniciados en 2011, 2012 y 2013 de las bases negativas de años anteriores pendientes de compensar, aplicable a entidades con cifra de negocios superior a 20 millones y a 60 millones.
Además, resalta la libertad de amortización para elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, que ya no se condiciona al incremento de plantilla. A partir de 31 de marzo de 2012, las empresas que no estén catalogadas como de reducida dimensión verán limitada su posibilidad de deducir los importes pendientes por este incentivo.
De la misma forma, recuerda que el tipo de las micropymes que mantienen plantilla respecto a la de 2008 (20%) y el de las pymes (25%) en esta declaración se aplica sobre los primeros 300.000 euros de base, y no solo sobre los primeros 120.202,41 euros como en el ejercicio anterior, al tiempo que se amplía el ámbito de aplicación del régimen especial de empresas de reducida dimensión.
CARÁCTER TRANSITORIO
En cuanto a las novedades de 2012, se reduce con carácter transitorio a 2012 y 2013 el límite conjunto sobre la cuota aplicable a las deducciones por incentivos, se limita la deducibilidad de los gastos financieros, se deroga el régimen de libertad de amortización, se prevé la exoneración de tributación de las plusvalías generadas en la transmisión de inmuebles, se da la posibilidad de repatriar beneficios de paraísos fiscales y se pueden hacer regularizaciones extraordinarias.
A la hora de hacer la declaración, el REAF recuerda la importancia de calcular el importe neto de la cifra de negocios, vigilar la correcta imputación de ingresos y gastos, chequear las amortizaciones contables practicadas para ver si son enteramente deducibles, prestar atención a las normas fiscales especiales de valoración y revisar el posible uso de los inventivos como deducciones y bonificaciones.
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