VALENCIA (EP). El titular del juzgado de Primera Instancia número 6 de Valencia ha condenado a la compañía aseguradora AXA a pagar 1.225.065 euros por el incendio registrado en el año 2008 --como consecuencia de una avería eléctrica-- en la fábrica de muebles Banak, ubicada en el polígono de la localidad valenciana de Ribarroja del Túria, según consta en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
En la misma resolución, el magistrado ha acordado absolver a la compañía López Instalaciones Eléctricas S.L., representada por el abogado Mario Gil, de cualquier tipo de responsabilidad, al estimar que no se le puede reprochar ninguna acción, y que no tenía concertada un contrato de mantenimiento de la instalación eléctrica de la nave incendiada, de 10.000 metros cuadrados.
El incidente se remonta al 14 de enero de 2008, cuando se produjo un incendio en la nave poco después de iniciarse la jornada laboral --había unos 30 trabajadores--. En el informe realizado por la Guardia Civil se concluyó que la fuente que dio origen al fuego fue el calor generado por una posible anomalía eléctrica en un proyector de luz de 400 watios instalacio en el interior de la nave.
En ese momento, la entidad Malu Actividades había arrendado la nave a Macurva, y ésta, a su vez, había hecho un subarrendamiento a Univermoble --ambas dos son empresas del mismo grupo relacionadas con la comercialización de los muebles--. A principios de enero de 2008, estas dos mercantiles detectaron y fueron conscientes de problemas en distintos focos de la nave que provocaban que saltasen las protecciones del cuadro general, y la semana anterior al incendio se iniciaron las reparaciones por parte de López Instalaciones Eléctricas S.L. No obstante, éstas no pudieron concluirse porque el elevador que se utilizaba para ello se quedó sin batería.
El lunes 14 de enero, 15 minutos después de que se diese la luz en la nave al inicio de la jornada laboral, uno de los focos empezó a chisporrotear al tiempo que se generaba fuego en la zona en que se encontraba colocado, aproximadamente un metro por encima de la parte alta de la estantería sobre la que a su vez existía mercancía.
Iniciado el fuego, el incendio se propagó rápidamente, sin que existiese ningún medio efectivo acorde con la actividad desempeñada por los ocupantes de la nave para combatirlo, en especial sistemas de extinción automática que deberían haber estado instalados. El incendio conllevó importantísimos daños para la nave y también para otras naves próximas, entre ellas el concesionario Volvo de Comercial Automoción Rubio. El total de los daños se tasó en 3.558.311,40 euros.
Por estos hechos, la compañía Allianz Seguros y Reaseguros, y Comercial Automoción Rubio S.L., presentaron una demanda contra AXA y López Instalaciones Eléctricas para que asumieran el total de los daños.
Frente a ello, el magistrado ha decidido eximir de cualquier responsabilidad del siniestro a la mercantil López Instalaciones por no podérsele reprochar ninguna acción ni omisión que haya tenido relación con el incendio producido por anomalía eléctrica en el foco de 400 w. Es más, indica que "difícil parece que un mantenimiento aún cuidadoso hubiera podido evitar el fallo del mecanismo, y la escasa antigüedad de la nave y de su instalación eléctrica parecen descartar que el mecanismo hubiera cumplido o estuviera próximo a cumplir su vida útil".
Pero, además, agrega que la mercantil no tenía concertado un contrato de mantenimiento de la instalación eléctrica de la nave ni se acredita que tuviera más encargo que la reparación puntual de las anomalías que pudieran presentarse o la sustitución de las luminarias que no funcionaran. Tampoco se acreditó que hubiera llevado actuación alguna sobre el foco origen del incendio.
ALGO DE RESPONSABILIDAD
Respecto a AXA, el magistrado entiende que era aseguradora tanto de Macurva como de Univermoble, por lo que le condena a abonar 1,2 millones de euros en materia de responsabilidad civil frente a los 2,8 millones solicitados. El juez rebaja la cantidad al estimar que ambas sociedades también tuvieron algo de responsabilidad.
En este punto, el magistrado considera que no ha quedado acreditado que por parte de estas entidades se empleara toda la diligencia exigible en atención a las circunstancias concurrentes para evitar, si no el prendimiento del foco, sí la magnitud del incendio y las gravísimas consecuencias que tuvo, afortunadamente solo de carácter material.
A juicio del juez, una cosa es que desde el punto de vista administrativo, pueda no ser obligatoria la instalación de sistemas de extinción automática, y otra distinta que es que en un caso como éste, en una nave de tal magnitud y con un volumen tan importante de elementos estibados, de fácil combustión, no fuera razonable y conveniente la dotación de estos sistemas. "Creemos que sí", añade el juez.
Asimismo, el magistrado estima que no se acredita que por parte del personal que trabajaba en la nave se empleara toda diligencia para aminorar las consecuencias del incendio, ni que los trabajadores estuvieran en las adecuadas condiciones para hacerlo. Con todo, considera que debe reputarse a las entidades Macurva y Univermoble.
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