CASTELLÓN (EP). El juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Nules (Castellón) ha decidido dar tres días de plazo al presidente provincial del PP y expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, para que informe sobre sus bienes a embargar para cubrir la fianza de 4.270.859,60 euros que se fija en el auto de apertura de juicio oral por el 'caso Naranjax'.
Este acuerdo se recoge en un decreto de dicho juzgado, de fecha 26 de enero de 2012, que también incluye en este mismo supuesto a la exmujer de Carlos Fabra, María de los Desamparados Fernández, cuya fianza asciende a 1.718.192,80; y al exsocio del dirigente del PP, Vicente Vilar, y la exesposa de éste último, Montserrat Vives, a los que se pide una fianza de 800.000 euros a cada uno, todos ellos imputados en esta causa.
Las partes, concretamente Carlos Fabra y su exmujer, solicitaron aclaración del auto que imponía la fianza y un mayor plazo para responder al requerimiento, peticiones que ha desestimado el juez, quien les ha dado este tiempo de tres días para informar de su relación de bienes, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que ha aclarado que las otras dos partes, Vilar y su exmujer, no habían contestado en sentido alguno. La decisión judicial se produce después de que, tras finalizar el plazo, las partes no hayan verificado las fianzas.
En los fundamentos de derecho, el juez explica que la ley establece que si en el día siguiente al de notificarse el auto no se presta la fianza requerida, se procederá al embargo de bienes del procesado, y para ello le requerirá para que señale los que sean suficientes para cubrir la cantidad que se hubiera fijado para las responsabilidades pecuniarias.
Así, el juez ha acordado que las partes, en el plazo de tres días, relacionen sus bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la fianza concretada en el auto de apertura de juicio oral y que expliciten las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título.
El juez advierte de que, en caso de no verificarlo, se procederá "de oficio" o a instancia de parte a la averiguación de bienes susceptibles de embargo, y se les impondrán también multas coercitivas periódicas.
El decreto judicial establece que se puede presentar un recurso de revisión contra esta resolución en el plazo de cinco días y, para que sea admitido, se deberá constituir un depósito de 25 euros, que será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado.
IMPLICACIÓN DE PRIM
Por otra parte, el juez ha dictado otro auto que incluye como imputado al exsenador del PP Miguel Prim en el'caso Naranjax' después de que la Audiencia de Castellón revocara el pronunciamiento de sobreseimiento provisional en relación con él, lo dejara sin efecto, y acordara la continuación de las actuaciones sobre él por su posible intervención en un delito de tráfico de influencias.
Así, en la ampliación de la exposición de hechos del auto de fecha 23 de diciembre de 2001, en que que aparece Prim como imputado, se indica que éste participó en una reunión celebrada en el Ministerio de Agricultura el 12 de julio de 1999 con el entonces ministro Jesús Posadas; el exsecretario de Hacienda, Juan Costa; el entonces diputado Juan José Ortiz, y el presidente provincial del PP, Carlos Fabra, uno de cuyos puntos del día era los retrasos en la concesión de licencias para los productos fitosanitarios de Naranjax.
En dicha reunión también intervino Rafael Millán Díez, entonces director General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para informar concretamente del estado administrativo en el que se encontraban los productos de las empresas del exsocio de Fabra, Vicente Vilar Ibáñez, y de la exmujer de éste, Montserrat Vives Plaja.
En la misma exposición se indica que, tras la citada reunión, Miguel Prim, haciendo valer su condición de senador por Castellón, presionó a altos funcionarios del Ministerio de Agricultura para que agilizasen la concesión de licencias a los productos fitosanitarios, entre ellos los de las empresas de Vicente Vilar y Montserrat Vives, remitiendo, incluso, una carta de fecha 2 de septiembre de 1999 a la atención del entonces ministro del ramo en la que le recriminaba que en la fecha indicada no se hubiera actuado conforme a como él entendió que se había quedado en la reunión.
El auto señala que deberá conferirse nuevo traslado al Ministerio Fiscal y resto de acusaciones personadas para que soliciten la apertura del juicio oral, formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, o excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias, tan solo en lo que a Miguel Prim se refiere.
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