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La Audiencia de Valencia reabre la causa por fraude contra cuatro exdirectivos de Terra Mítica

04/08/2011 El juez instructor asume las tesis de la Fiscalía y vuelve a investigar a la cúpula que montó el parque temático, entre ellos el exdirector Miguel Navarro y el expresidente Luis Esteban

VALENCIA, 3 Ago. (EUROPA PRESS) -

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha reabierto la causa por fraude fiscal contra cuatro exdirectivos de Terra Mítica --procedimiento en el que hay una veintena de empresas denunciadas por Hacienda por defraudar entre 2000 y 2001 un total de 4,4 millones con facturas falsas-- y ha acordado el sobreseimiento provisional para otro de ellos --el exdirector financiero, Miguel Izquierdo--.

El tribunal ha estimado así parcialmente los recursos interpuestos por el ministerio fiscal, el Abogado del Estado y el letrado del grupo parlamentario socialistas en las Corts contra la decisión del juzgado de Instrucción número 3 de Valencia, que decidió archivar la causa contra estos cinco exdirectivos --a parte de Izquierdo figuran en el procedimiento el exdirector técnico de parque, Antonio Rincón; el expresidente, Luis Esteban; el exdirector general, Miguel Navarro; y el exjefe de contrataciones de Terra Mítica, Justo Valverde--.

El juez decidió sobreseer la causa contra los cinco exdirectivos al entender que la entidad Terra Mítica Parque Temático de Benidorm S.A. fue "perjudicada" al abonar facturas de un IVA que luego se dedujo en Hacienda por trabajos que luego no fueron realizados. Así, consideró que los componentes de sus órganos directivos no debían responder de las infracciones por fraude.

El tribunal, tras estudiar los hechos, indica en un auto --contra el que no cabe recurso-- que "no se discute" que la entidad abonó determinadas cantidades a unas empresas que emitieron facturas que no se correspondieron a trabajos efectivamente realizados para la entidad pagadora. Como se dedujo en sus declaraciones fiscales ese IVA soportado en las facturas abonadas y como ninguna empresa declaró a Hacienda ese IVA, las arcas públicas sufrieron un perjuicio cuantificado en 185.385 euros para el ejercicio 2000.

Por otro lado, mantiene que Terra Mítica abonó unos bienes y servicios que no recibió con la cobertura de unas facturas no ajustadas a la realidad, lo que también generó un perjuicio equivalente al importe de las facturas, en principio, 1.344.046 euros.

Ante ello, el tribunal considera que la condición de perjudicada de la entidad "no puede conllevar a la impunidad de los integrantes de sus órganos directivos", dado que éstos pudieron haber incurrido en alguna clase de responsabilidad penal --como autores directos, cooperadores necesarios o cómplices-- si permitieron el fraude --o colaboraron activamente en el mismo-- de forma dolosa --no culposa-- bien en su propio beneficio o bien en beneficio de un tercero. Esta responsabilidad no solo se ha calificado por las acusaciones como delito contra la Hacienda Pública sino también como un delito de estafa.

En este sentido, indica, respecto de la concreta responsabilidad de los miembros de órganos directivos de Terra Mítica, que la existencia de controles administrativos en la gestión de la actividad económica de la entidad "no puede ser determinante ni para justificar el sobreseimiento ni para revocarlo, puesto que los controles se vieron burlados si se llegaron a abonar facturas por servicios no prestados".

UNO POR UNO

Así, la Audiencia estima "justificada" la pretensión del ministerio fiscal de que se revoque el sobreseimiento provisional respecto de Justo Valverde en su calidad de exresponsable de uno de los departamentos --el de contratación-- que sellaba las facturas para que se abonaran.

También cree necesario mantener la imputación respecto de Antonio Rincón, exresponsable de la dirección técnica, que igualmente sellaba --e incluso firmaba-- las facturas abonadas indebidamente. En cuanto a Miguel Navarro indica que su imputación por su calidad de exdirector general es necesaria porque adjudicaba las obras y aprobaba los gastos.

Además, concreta que Navarro asumía un notable incremento del gasto que en su declaración sumarial de diciembre de 2005 justificó por la necesidad de abrir el parque en verano de 2000, aunque tal incremento también resultó comprender las facturas falsas objeto de este procedimiento.

Con relación a Luis Esteban, Fiscalía reconoce en principio la dificultad para concretar su actuación punible, aunque interesa el mantenimiento de condición de imputado pro el momento, y tal solicitud se estima razonable por el tribunal por su condición de expresidente de la entidad, conocedor del gran incremento de gasto que se estaba produciendo.

Respecto a Miguel Ángel Izquierdo, el ministerio público asume que los indicios que aparecían contra él quedaron desvirtuados a lo largo de la instrucción por entender que si autorizó los pagos de las facturas fue porque venían visados por los departamentos de contratación y técnico, y que precisamente por denunciar las irregularidades que detectaba fue despedido de la empresa. Así, confirma el sobreseimiento respecto a este imputado.

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