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La CNE suspende cautelarmente las primas a otras 143 instalaciones fotovoltaicas

20/05/2011 El organismo estatal ha paralizado en toal las subvenciones a 951 plantas que no han acreditado cumplir los requisitos

MADRID (EFECOM). La Comisión Nacional de Energía (CNE) ha acordado hoy suspender cautelarmente el pago de la prima -retribución que reciben las instalaciones por su producción eléctrica- a 143 plantas fotovoltaicas que no han acreditado cumplir los requisitos para cobrar las subvenciones que estaban recibiendo.

Con esta decisión, el organismo que preside María Teresa Costa ha suspendido en total los pagos a 951 instalaciones fotovoltaicas, que representan el 23,5 % de las que se han analizado hasta el momento y suman una potencia de 90,13 Megavatios (MW), que, a partir de ahora, pasaran a cobrar únicamente los precios de mercado.

En la última de las cuatro inspecciones que ha realizado el supervisor del mercado eléctrico se han analizado 1.002 plantas fotovoltaicas y se ha suspendido el pago de las primas al 14 % de ellas.

Una suspensión que tiene un carácter cautelar, a expensas de lo que determine el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, una vez analizadas las alegaciones que presenten los afectados ante la Dirección General de Política Energética y Minas.

En cumplimiento con la normativa, la CNE requirió a 9.041 instalaciones fotovoltaicas información sobre facturas, certificados de obra o referencias catastrales con el fin de que éstas acreditaran la instalación de los equipos necesarios para la producción de energía eléctrica a 30 de septiembre de 2008.

De estas 9.041 instalaciones, 840 renunciaron a cobrar la tarifa de 47,5 céntimos el Kwh que establecía el Real Decreto 661/2007, y pasaron a percibir 32,6 céntimos el Kwh, de acuerdo con el Real Decreto 1578/2008.

Por su parte, de las 8.201 instalaciones restantes, la Comisión Nacional de Energía ha analizado hasta la fecha 4.045 plantas, de las que, 951, no han acreditado su cumplimiento al no aportar la documentación que se les reclamaba.

La falta de acreditación de estas instalaciones se debe, en 681 casos, a la no aportación de la documentación requerida sobre facturas, albaranes y documentos de aduana. En el resto de las instalaciones este dictámen se produce por la no aportación de los documentos relacionados con el certificado de instalador y de final de obra.

Estas instalaciones representan tan sólo el 1,7 % de las que se incluyeron en la última liquidación que realizó la CNE, y suponen, por otro lado, un 2,3 % de la potencia fotovoltaica liquidada en el mes de mayo, que ascendió a 3.799 MW.

El pasado 30 de julio, el Gobierno aprobó un real decreto en el que se establece que las instalaciones fotovoltaicas inscritas de forma irregular en el régimen especial tendrán que devolver las primas recibidas hasta ahora, serán expulsadas del sistema de subvenciones y se enfrentarán a sanciones administrativas y penales.

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