Esta recomendación se recoge en la respuesta, consultada por Europa Press, que el Defensor del Pueblo valenciano hace a la queja que una asociación le remitió sobre la rehabilitación de los inmuebles de interés histórico-artístico existentes en el barrio de Benicalap, en la ciudad de Valencia. Entre estos edificios se encuentran La Ceramo, la antigua fábrica de Bombas Gens, la Alquería del Moro, la Alquería de la Torre y el Casino del América.
El Síndic de Greuges valora, no obstante, la disposición mostrada por la administración local y la autonómica para trabajar en este sentido y espera que ésta "se pueda materializar en el futuro para seguir trabajando conjuntamente".
Así, explica que admitida a trámite esta queja, ambas administraciones le entregaron copia de las contestaciones enviadas en su día al autor de la reclamación con la información sobre las actuaciones que se estaban realizando y con el ofrecimiento de mantener reuniones para "seguir avanzando en la protección del patrimonio cultural valenciano".
La entidad que formuló la queja trasladó su reclamación al Síndic de Greuges después de haber solicitado al Ayuntamiento de Valencia y a la Conselleria de Cultura, en febrero de 2010, "la adopción de medidas de recuperación y rehabilitación de los inmuebles de interés cultural existentes en Benicalap" y después de no haber recibido "ninguna contestación hasta el momento".
La asociación destaca "la necesidad de adoptar medidas para evitar el estado de abandono y degradación de los inmuebles", así como la conveniencia de que sean "rehabilitados y destinados a equipamientos socio-culturales".
El Síndic de Greuges señala que el patrimonio cultural de la Comunitat "es una de las principales señas de identidad del pueblo valenciano y el testimonio de su contribución a la cultura universal". En este sentido afirma, como recoge su recomendación, que "los bienes que lo integran constituyen un legado patrimonial de inapreciable valor".
Así, apunta que su "conservación y enriquecimiento corresponde a todos los valencianos y, especialmente, a las instituciones y los poderes públicos que lo representan, en este caso, a la Conselleria de Cultura y Deporte de la Generalitat valenciana y al Ayuntamiento de Valencia", precisa.
El Síndic de Greuges agrega, en esta línea, que la Constitución española, en su artículo 46, indica que "todos los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de España y de los pueblos que la integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad".
Igualmente, explica que el Estatut de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en su artículo 12, desarrollado por la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano "dispone que la Generalitat velará por la protección y defensa de la identidad y los valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a la diversidad cultural de la Comunitat Valenciana y su patrimonio histórico".
COLABORACIÓN PRIVADA
Por otro lado, el Síndic de Greuges, como señala en esta recomendación, resalta que no se puede "obviar que en materia de protección del patrimonio cultural resulta fundamental la colaboración de las personas privadas que son propietarias de los inmuebles".
Así, sostiene que sin esa colaboración "la actuación de las administraciones públicas se ve gravemente entorpecida al tener que acudir a medios drásticos como la expropiación y la imposición de sanciones", además de "asumir íntegramente unos elevados costes de rehabilitación que deben ser satisfechos con cargo a los siempre limitados presupuestos públicos".
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