Los grandes beneficiados son los impositores, cuya participación aumenta al 38%, mientras que las corporaciones reducen su peso al 15%. El resto se reparte entre la Generalitat (25%), empleados (12%), entidades fundadoras (5%) y una nueva categoría denominada 'otras entidades representativas', con otro 5%
Las modificaciones introducidas van dirigidas a adaptar el marco jurídico regulador de las cajas a la actual situación del sistema financiero español y a la nueva normativa estatal, según explicó el vicepresidente segundo y consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Gerardo Camps, en la rueda de prensa posterior a la reunión del pleno del Consell.
El nuevo texto limita la representación de las administraciones públicas y entidades y corporaciones de derecho público en los órganos de gobierno de las cajas de ahorros, que pasa del 50% al 40%, ha indicado Camps.
Así, según los nuevos porcentajes de participación asignados a los diferentes grupos que conforman la Asamblea General, la representación de las corporaciones municipales se reduce al 15%, 10 puntos menos que en la ley anterior, que se reparten en un 5% a favor de los impositores, cuyo porcentaje queda situado en un 38%, y el otro 5% se lo lleva una nueva categoría denominada 'otras entidades representativas'.
Asimismo, Generalitat mantiene su porcentaje del 25%, los empleados un 12% y las entidades fundadoras se quedan con el 5%.
Gerardo Camps indicó que el decreto ley aprobado se estructura en un artículo único que contiene 35 apartados, cinco disposiciones transitorias, una derogatoria y una final y ha especificado que la modificación tiene por objeto la adaptación de la legislación valenciana al contenido del Real Decreto-Ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, que establecía un plazo de seis meses para llevarla a cabo.
Este plazo, junto "con la conveniencia de incorporar sin dilación a la legislación valenciana los importantes cambios habidos en el marco jurídico estatal regulador de las cajas de ahorros, justifica que el Consell haga uso de la facultad legislativa excepcional del decreto-ley", ha especificado Camps.
El nuevo marco legal aprobado por el Consell "ofrece diferentes alternativas de organización institucional para el ejercicio de la actividad financiera" y van a permitir a las cajas de ahorros "mejorar el acceso a los mercados en su búsqueda de una mayor capitalización, lo que contribuirá a reforzar su solvencia y competitividad, situándolas en iguales condiciones que otras entidades de crédito", ha manifestado el consejero.
ALTERNATIVAS DE ORGANIZACIÓN
A partir de ahora estas entidades podrán optar entre mantener su estatuto de caja de ahorros como entidad independiente, como es el caso de Caixa Ontinyent; integrarse en un sistema institucional de protección formado por varias cajas y una entidad central, que será una entidad bancaria, modelo seguido por CAM y Bancaja; o desarrollar su objeto propio a través de una entidad bancaria a la que deberá aportar su negocio financiero.
También podrá transformarse en fundación, mediante el traspaso de todo el patrimonio afecto a la actividad financiera a otra entidad de crédito, a cambio de acciones de esta última. En ese caso, la caja perderá la condición de entidad de crédito, y la Fundación se limitará a gestionar la obra social, ha precisado Gerardo Camps.
Asimismo, con la finalidad de obtener un mayor control administrativo acerca de la regularidad de los procesos, se establece un régimen de autorización previa para las nuevas figuras jurídicas de organización institucional.
Así, quedan sujetas a autorización del consejero de Economía, Hacienda y Empleo operaciones que hasta el momento no lo estaban, como la integración en sistemas institucionales de protección, el ejercicio indirecto de la actividad financiera o la transformación en fundaciones de carácter especial, ha indicado el vicepresidente.
En materia de órganos de gobierno se introducen modificaciones para dar cabida a los derechos políticos que la normativa estatal otorga a las cuotas participativas emitidas por las cajas de ahorros.
CUOTAS PARTICIPATIVAS CON DERECHOS 'SEMIPOLÍTICOS'
"Estos derechos se traducen en un porcentaje de representación en sus órganos de gobierno proporcional al porcentaje que supongan las cuotas participativas sobre el patrimonio neto total de la Caja de Ahorros", ha explicado el consejero.
Para ello, se regulan los derechos de voto de los cuopartícipes igualándolos a los derechos políticos reconocidos en la legislación común de sociedades de capital, la asistencia a la Asamblea General, la representación en el Consejo de Administración y la Comisión de Control, la impugnación de acuerdos y el derecho general de información.
Además, se incide en el impulso a una mayor profesionalización de la gestión de los órganos de gobierno y, para ello, se incorporan dos nuevas incompatibilidades entre el ejercicio del cargo de miembro de un órgano de gobierno de una caja con el de cualquier cargo político electo -ya afectaba al Consejo de Administración y a la Comisión de Control y se amplía ahora a la Asamblea General- y con el de cualquier alto cargo de las administraciones públicas, que se extiende durante los dos años siguientes a la fecha de su cese.
En la composición de la Asamblea General se establece un nuevo grupo de representación denominado 'Otras entidades representativas de intereses colectivos', que contará con un porcentaje de participación del 5%. Serán entidades de naturaleza privada y podrá tratarse de fundaciones, asociaciones o corporaciones de carácter cultural, científico, benéfico, cívico, económico o profesional.
La nueva regulación también recoge medidas para "mejorar la profesionalidad de los miembros del Consejo de Administración" -se exige a la mayoría de sus miembros un nivel de conocimientos y experiencia- y para "reforzar la transparencia y la disciplina de mercado" como la publicación anual obligatoria del informe de gobierno corporativo.
Actualmente no hay comentarios para esta noticia.
Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.
Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.