En su informe sobre la situación patrimonial de Nozar, los administradores concursales revelan la existencia de un total de 42 demandas de anulación de operaciones con las que la inmobiliaria, que se encuentra en un proceso de insolvencia, intentó pagar y resarcir a unos determinados acreedores, entre los que figuran numerosas entidades financieras.
Una de las más importantes es la indemnización de 71,09 millones de euros que Nozar abonó a Reyal Urbis en noviembre de 2008 por no haber ejecutado la compra de acciones de Inmobiliaria Colonial que habían pactado casi un año antes y que habrían supuesto un desembolso de 225,66 millones de euros.
Para pagar esa compensación, le traspasó activos diversos, como suelo en Isla Cristina, fincas en Altea (Alicante) y la participación del 20% que Nozar tenía en el capital de la sociedad Chamartín Campanar.
Los administradores concursales también ven perjudicial para Nozar las garantías que tuvo que suscribir a principios de 2008 para devolver a Colonial los 75 millones que le había abonado por la compra de un edificio, que no se llegó a ejecutar.
Entre esas garantías figuran 1,07 millones de acciones de la estación de esquí leridana Boí Taüll, valoradas en 33,8 millones de euros, e hipotecas sobre inmuebles por importe de 43 millones.
La administración concursal -formada por la abogada Cristina Jiménez Savurido, el economista Luis Martín y la Agencia Tributaria- apunta que esa operación fue perjudicial para el patrimonio de Nozar porque supuso garantizar la devolución de un pago que en principio no estaba respaldado.
Además de las 42 demandas de anulación, ya presentadas, la administración concursal también apunta la posibilidad de presentar una docena de acciones de reintegración que persiguen aumentar el patrimonio de Nozar.
Esto de las anulaciones de operaciones por el hecho de que hayan perjudicado al patrimonio de la empresa en concurso es un disparate, y por supuesto, es inconstitucional, ya que vulnera el principio de seguridad jurídica que consagra el artículo 9 de la Constitución. Es urgente reformar la Ley Concursal para acabar con estas demandas absurdas!
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