X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA
LA ESCOPETA VALENCIANA

¿Será Camps capaz de llevarse a la cárcel a si mismo?

JOAQUIM CLEMENTE. 09/03/2015



VALENCIA. En España uno solo se puede defender a sí mismo en un juicio si es abogado. Y como Francisco Camps es licenciado en derecho y está colegiado (y al parecer Javier Boix, su abogado y el de los grandes sospechosos de corrupción de esta nuestra Comunitat Valenciana, acabó hasta la coronilla del Molt Honorable en el juicio de los trajes), ha tomado la iniciativa de defenderse él mismo en la querella que la Fiscalía Anticorrupción le ha presentado por malversación de fondos, prevaricación y otros delitos por la organización del Gran Premio de Europa de Fórmula 1.

Camps, que siempre se ha tenido en gran estima a síu mismo, debe pensar que si él ha sido capaz de perchar la barca de todos los valencianos, de levantar con sus propias manos un reino de prosperidad sin límite envidia en el Mundo -¡qué digo, en el Universo!- esto de enfrentarse a un tribunal y a los malvados que quieren verle en una cuneta es una tarea sencilla. ¿Acaso no tiene la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad con la ayuda de Dios y de Cotino?

Lo malo es que el derecho y el ejercicio del mismo en un juicio tiene sus recovecos. Lugares oscuros que Camps seguro irá descubriendo para su desazón. Uno de ellos es la ortodoxia de la ley y de las normas de los procedimientos legales. Así, si uno quiere recurrir un auto y pedir que se anulen las actuaciones, al margen de presentar el documento en el que exponga los motivos para su petición, al final debe poner qué pide.

"En el suplico del recurso planteado por D. Francisco Camps Ortiz se aprecia la ausencia de una petición en tal sentido [la nulidad de las actuaciones]. Ello implica un defecto en la construcción de la pretensión impugnatoria que impide a la Sala pronunciarse (...) La Ley Orgánica del Poder Judicial es muy clara al señalar que "en ningún caso podrá el Juzgado o Tribunal, con ocasioón de un recurso, decretar de oficio una nulidad de las actuaciones que no haya sido solicitada en dicho recurso", dice literalmente el auto del TSJCV que ha rechazado todos los recursos que habían presentado los querellados.

Esta chapucilla, en todo caso, no hubiera variado nada, puesto que los abogados de Lola Johnson y de Jorge Martínez Aspar sí hicieron bien su trabajo y el TSJCV ha rechazado sus peticiones correctamente formuladas, por lo que hay que suponer que hubiera hecho lo mismo con la del expresidente.

El letrado Camps tendrá que esforzarse más si quiere salvar a su defendido de esta conspiración judeomasónica en la que le han implicado. Él, que lo dio todo... Al menos los miembros de la trama Gürtel le estarán siempre agradecidos, no como otros.

Comparte esta noticia

comentarios

Actualmente no hay comentarios para esta noticia.

Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad