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economía colaborativa

Valencia despunta como receptora de tendencias colaborativas

PEPA GÓMEZ. 16/02/2015

VALENCIA. Valencia se consolida y despunta como ciudad abierta al cambio y receptora de nuevas tendencias colaborativas. Lo dice un informe sobre emprendimiento en este tipo de economía que está a punto de presentar OuiShare y Sharing España. Así lo ha explicado a Valenciaplaza.com Nacho Mas, conector de OuiShare Valencia.

Entre esas propuestas emprendedoras destacan Eslife (servicio de limpieza a domicilio), Regalamos (regalos en grupo), Entrenarme (entrenadores personales), Shipeer (compartir maletero), Relendo (alquiler de productos), Chiquiemprendedores (fomento de habilidades emprendedoras en la infancia) entre muchas otras, afirma Mas, y casan, según OuiShare, con el espíritu de la propia organización sin ánimo de lucro:  "transparencia, apertura, inclusión, independencia, impacto, beta permanente, acción y encuentro de personas en la vida real".

A nivel de mercado, en progresión y coherencia, "se abre a las empresas y organizaciones la posibilidad de fomentar y desarrollar culturas más justas y responsables para generar mayor impacto e innovación social". O como dice Albert Cañigueral, fundador del blog consumocolaborativo.com, "para cambiar el mundo no crees una empresa, crea una plataforma".

APOYO INSTITUCIONAL, UN LARGO CAMINO POR RECORRER

Pero aunque esta predisposición emprendedora por el consumo colaborativo está en expansión en Valencia y que algunos agentes locales han mostrado interés para su desarrollo, lo cierto es que "todavía queda mucho camino por recorrer y las administraciones públicas tendrán que involucrarse para dar respuesta a un movimiento que es social", apuntan desde OuiShare. En este sentido, en comparación, "Barcelona y Madrid son las ciudades en las que más apoyos institucionales se están recibiendo. Por ejemplo desde el Ayuntamiento de Barcelona comparten la visión de la ciudad como lugar de fabricación, recuperando su producción a través de una red local de Fab Labs abiertos a los ciudadanos".

Este concepto precisamente, con maquinaria para la fabricación personal en representación de Fab Lab Valencia, fue una de las materias que más éxito cosecharon dentro de la última edición del Día de la Persona Emprendedora de la Comunidad Valenciana, organizado por la Generalitat Valenciana, el pasado mes de noviembre. Además, dentro del Grupo de Trabajo Economía Colaborativa del evento, hubo conferencias, talleres y actividades en la zona expositiva con talleres makers de robótica y una muestra de impresoras 3D.

Ahora es momento de dar un paso más y para que Valencia se sitúe como una de las capitales de referencia en ese impulso "necesitamos tener la producción más próxima al lugar donde los productos son utilizados por muchas razones: problemas medioambientales, temas logísticos, reducción de la huella ecológica y usuarios que quieren productos más personalizados", apunta Mas.

EL FUTURO: EL 'CROWDLENDING' Y LA PRODUCCIÓN COLABORATIVA

Actualmente, los principales ámbitos de la economía colaborativa son consumo, finanzas, conocimiento y producción. A nivel global, el foco está sobre los sectores de movilidad y turismo.

El factor principal del éxito de estas fórmulas es la reducción de la fricción desde el punto de vista económico gracias al desarrollo de las nuevas tecnologías. Esto es, que haya un aprovechamiento del mercado nunca antes experimentado que permite que de forma muy rápida y exponencial muchas personas se sumen a la corriente formando comunidades. El eje común de ellas, para colaborar peer to peer (P2P) es la confianza.

Este auge del consumo colaborativo vino impulsado por el estallido de la crisis y el agotamiento del sistema existente hasta el momento. "Normalmente en situaciones de necesidad económica y medioambiental es cuando surgen nuevas soluciones a problemas difíciles de arreglar con los mismos métodos que se generaron", explica Mas.

En este momento tras años de incursión, prueba y error, en el ámbito del consumo colaborativo, todo apunta que las áreas que más futuro y recorrido son los relacionados "con las finanzas, por ejemplo el crowdlending (préstamos sin bancos) y, sobre todo, los relacionados con la producción colaborativa y la innovación abierta, el crecimiento y auge del movimiento maker y la red internacional de Fab Labs son un ejemplo de ello", apuntan desde OuiShare. 

En este sentido, cada día más la economía colaborativa deja atrás la imagen de tendencia o corriente pasajera, para perfilarse como "nuevo sistema económico que está cambiando la forma de pensar y de actuar de la sociedad a nivel global". 

El conector de OuiShare Valencia, en este punto, diferencia: "Un servicio de transporte a través de Internet no es economía colaborativa (Uber), mientras que sí que lo es si se trata de un plataforma de particulares comparten gastos entre ellos para realizar y optimizar desplazamientos (Blablacar)".

RETOS LEGALES

Casos de éxito o fracaso van íntimamente ligados a la cuestión legal. Son tiempos de vacío y lucha, con una regulación propia de un mercado tradicional.

"Al igual que en muchos otros ámbitos, las sociedades van por delante de los agentes regulatorios y les corresponde a ellas exigir a sus gobernantes la revisión y actualización de las leyes redactadas en otros tiempos en los que no existían la conectividad y exigencias actuales", apuntan desde OuiShare. "En cualquier caso la regulación actual ya permite distinguir entre los particulares que simplemente comparten bienes y gastos, de los profesionales que se infiltran en las comunidades con fines lucrativos y que deberían tributar por sus beneficios", añade Nacho Mas.

 

El abogado especializado en Consumo Colaborativo Miguel Ferrer apunta seis retos legales:

Consumidores y usuarios: "El intercambio de bienes y servicios en plataformas P2P supone un cambio en el esquema actual de la normativa de consumidores y usuarios, circunstancia que no significa que este tipo de actividades impliquen una falta de seguridad y de protección del consumidor". Además, la normativa de consumidores se complementa con otra cuestión de vital importancia: la reputación.

Fiscalidad: Se dan "dos niveles en este movimiento, las empresas que actúan como plataformas sometidas a la fiscalidad que sea de aplicación a cualquier compañía en base al impuesto de sociedades y demás tributos aplicables y; en un segundo nivel, la fiscalidad aplicable a la actividad realizada por los usuarios. Esta última es una cuestión clave ya que son los usuarios quienes, dependiendo del tipo y volumen de actividad que realizan deberán tributar por IVA, IRPF, tasas aplicables e, incluso, impuesto de sociedades".

Legislación laboral: Por un lado, en relación a cómo calificar la relación de la plataforma con sus peers, "en ocasiones puede darse cierto grado de dirección y control por parte de las empresas lo que abre la puerta a estimar que exista una relación con cierto nivel de dependencia y dirección". Por otro, "nos encontramos con el cumplimiento de obligaciones en materia laboral y de seguridad social por parte del mismo peer como resultado de su actividad económica, por ejemplo, su obligación de darse de alta como autónomo ante la Seguridad Social en el momento que este genere determinados ingresos anuales".

Protección de datos: "Los datos tienen especial importancia no solo para acreditar la veracidad de quien está detrás de la oferta de productos y servicios sino también para poder completar las transacciones que se realizan y que a veces son perfeccionadas directamente entre los usuarios al margen de la plataforma. En este último punto, surgen dos tipos de tratamientos de datos, en primer lugar el tratamiento de datos por parte de la plataforma y por otro el acceso a los datos de clientes por otros usuarios para realizar el servicio convenido".

Régimen de responsabilidad: "La figura del intermediario por definición no parece tener que responder de potenciales responsabilidades por infracciones, mal uso o daños por parte de los usuarios que hacen uso de una plataforma de carácter tecnológico, con lógica las empresas están incardinadas dentro de la figura del prestador de servicios de la sociedad de la información prevista en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercioelectrónico".

Sin embargo, explica el experto, "el intermediario puede llegar a tener una posición de más responsabilidad por la actividad que realiza al incurrir en un mayor grado de control de la actividad de sus peers. Ello se puede traducir en consecuencia en una mayor asunción de responsabilidades en caso de que surjan problemas". 

Licencias y autorizaciones: Diversos segmentos de la Economía Colaborativa "tienen concurrencia con sectores regulados sometidos a regímenes de autorización previa, sin que ello suponga que hablemos de actividades idénticas".

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