VALENCIA. El juzgado de primera instancia número 1 de Valencia ha dictado una sentencia por la que anula la compra de un paquete de acciones de Bankia en la OPV que realizó al entidad en 2011 al considerar que la información contable que se ofreció a en el folleto que se facilitó a los denunciantes -un matrimonio de Carcaixent (Valencia)- no se ajustaba a la realidad de la entidad financiera.
Se trata de la primera sentencia que se dicta por un juzgado valenciano en el sentido de anular la compra de acciones. El pasado julio un juzgado de Alcalá de Henares (Madrid) ya falló en contra de Bankia por una denuncia similar.
Según la información facilitada por el bufete de abogados Molés i Martí, que ha llevado el caso del matrimonio valenciano, el juez considera que el banco ofreció unos datos contables que reflejaban una imagen patrimonial de la entidad con unos beneficios millonarios cuando posteriormente se demostró que estaba en quiebra técnica. La sentencia no considera relevante que los denunciantes fueran o no expertos en inversiones bursátiles, ya que considera que la clave está en los datos facilitados para convencerlos.
Así, el juez anula la operación y obliga a la entidad a devolver los 6.000 euros que invirtieron en la OPV, los intereses devengados desde la compra y a pagar las costas del proceso.
me parece logico y normal
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