VALENCIA. El Diario Oficial de Comunidad Valenciana (DOCV) publica hoy el decreto del Consell por el que se regula la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat.
Con este Decreto el Consell recoge y da cumplimiento a los acuerdos alcanzados en la Mesa General I de la Generalitat los pasados 23 de octubre de 2013 y 17 de septiembre de 2014.
El Decreto recoge los porcentajes por los que se regirá la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, así como el periodo transitorio de implantación fijado en tres ejercicios presupuestarios.
Este Decreto no será de aplicación al personal funcionario de carrera de Les Corts, Instituciones estatutarias, administración de justicia, universidades públicas de la Comunitat Valenciana y administraciones locales situadas en el territorio de la Comunitat Valenciana. También queda excluido todo el personal que no ostente una relación de carácter fijo con la Administración de la Generalitat.
Respecto al personal laboral fijo de la Administración de la Generalitat, el Decreto señala que se accederá al sistema de carrera profesional horizontal en los mismos términos que el personal funcionario de carrera, mediante un Acuerdo de la CIVE adhiriéndose al Decreto de carrera y sus normas de desarrollo.
Objetivo del Decreto
A través de este Decreto se regula la carrera profesional horizontal, sus diferentes grados de desarrollo profesional y el sistema para el avance, así como la evaluación del desempeño del personal, que tiene por objeto la valoración del cumplimiento de objetivos, la profesionalidad en el ejercicio de las tareas asignadas, la iniciativa y la contribución en la mejora de la prestación del servicio público, y el desarrollo y transferencia de conocimientos.
Se considera que la evaluación de cada uno de esos aspectos redundará en la calidad del servicio que se presta a la ciudadanía y además, tendrá su reflejo en una parte de las retribuciones complementarias del personal.
Aspecto económico
El Decreto publicado hoy establece que durante el primer ejercicio de implantación transitoria del sistema no se excederá un gasto público de 6 millones de euros.
Se considera que los años comprendidos en el periodo 2015-2017 serán de implantación transitoria y progresiva estableciendo para ello distintos porcentajes:
- Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015:
1º Personal de las Agrupaciones Profesionales Funcionariales: el 15% del complemento.
2º Personal del subgrupo C2: el 12% del complemento.
3º Personal de los subgrupos C1 y B: el 10% del complemento.
4º Personal de los subgrupos A2 y A1: el 9% del complemento.
- Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016: Un 33% más del complemento del grupo, subgrupo o agrupación profesional funcionarial reconocido al que se pertenezca.
- Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017: el restante hasta alcanzar el 100% del total del complemento reconocido.
La determinación de cada uno de estos porcentajes se ha realizado de forma que, cumpliendo con el límite total del gasto previsto para el ejercicio 2015, se garantice la percepción de una cantidad para cada uno de ellos.
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