VALENCIA (EP). El juzgado de lo Social número 7 de Valencia ha declarado nulo el despido de una mujer, trabajadora del Instituto Valenciano de Vivienda S.A. (Ivvsa) --hoy Ente de Infraestructuras de la Generalitat Valenciana--, que fue incluida en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) pese a tener más antigüedad y más experiencia acreditada que otra empleada que permanece en su puesto de trabajo.
Así se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juez declara nulo el despido de esta trabajadora --representada por los servicios jurídicos de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F)-- y obliga al Ivvsa a readmitirla con abono de los salarios de tramitación, así como de la cantidad de 800 euros por falta de preaviso.
La demandante llevaba trabajando en el Ivvsa desde octubre de 1992, con la categoría profesional de oficial administrativo y salario mensual, con inclusión de la parte proporcional de pagas extras, de 1.600 euros. Estaba adscrita al Departamento de Gestión de Suelo Público, en el cual era secretaria de Dirección.
A ese mismo departamento estaba adscrita desde octubre de 2011 otra compañera --codemandada--, con categoría de oficial administrativa, cuya antigüedad en la empresa databa de abril de 2007. Con el ERE que hizo la entidad, el departamento en el que trabajaban estas mujeres se integró en el nuevo Departamento de Presupuestos, Control Interno y Facturación, y a la demandante se le comunicó su despido en 2012. Sin embargo, su compañera se quedó en la nueva unidad.
En el ERE se establecían los criterios de prioridad de permanencia, siendo el principal la pertenencia a las direcciones o departamentos que se eliminaban, sin perjuicio de que en determinados supuestos excepcionales pudieran prevalecer criterios de experiencia --profesional y años de experiencia en el Ivvsa-- y polivalencia para las áreas y puestos de trabajo que se querían conservar.
En base a ello, el juez estima probado en este caso que no se respetó la prioridad de permanencia de la demandante puesto que entiende que si la empresa quería mantener a algún trabajador del departamento al que pertenecía y se extinguió, debería haber sido a ella, al primar los criterios de experiencia y polivalencia.
15 AÑOS MÁS
Las dos mujeres tenían categoría de oficial administrativo, añade el juez, pero la demandante tenía más experiencia profesional --15 años más--. Por tanto, se daba en ésta "una mayor experiencia y antigüedad acreditada en una gama mayor de tareas administrativas".
Pese a ello, se le extinguió la relación laboral y se mantuvo a la codemandada, a la cual se le adscribió al nuevo Departamento de Presupuestos, Control Interno y Facturación, en el que gestionaba el IBI en general y desarrollaba tareas de apoyo administrativo al Departamento. Por ello, declara nulo el despido de la demandante y obliga a la empresa a readmitirla en su puesto de trabajo.
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