VALENCIA. La nueva Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) de la Comunitat Valenciana entra en vigor este miércoles para intentar sacar de la postración una actividad económica hundida y culpabilizada de la actual situación económica desde distintos foros.
Tras la proliferación de leyes parciales y específicas surgidas en los tiempos del boom, la intención es ordenar y racionalizar la legislación anterior, distribuida en cinco leyes (Ley Urbanística Valenciana, Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, Ley del Suelo No Urbanizable, Ley Reguladora de los Campos de Golf y Ley de medidas urgentes de impulso a la implantación de actuaciones territoriales estratégicas, ATE, excepto la disposición final primera) y dos decretos (el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística y el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana), prometiendo resolver incoherencias y cubrir lagunas que la buena marcha del negocio había aceptado como parte del paisaje.
De esta manera, la reforma legal reduce en un 77% el número de disposiciones normativas. Aunque siguen pudiendo aplicarse los planes urbanísticos aprobados con ellas, se abre la posibilidad de que los promotores se cambien a la nueva ley.
En contra de lo ocurrido con buena parte de la normativa vigente hasta ahora, la propuesta original del Consell ha incluido algunas enmiendas presentadas por la oposición, haciendo que el PSPV-PSOE se abstuviera en su votación en Les Corts, en lugar de votar en contra, como sí hizo Compromís y Esquerra Unida.
RETICENCIAS DE LOS PROMOTORES
Desde la Asociación de Promotores de Valencia se acusa a la nueva ley de "pendular y de refundición", por lo que la califican de oportunidad perdida. Respecto a las medidas medioambiental y de sostenibilidad, estos empresarios advierten que los límites urbanísticos deben estar en los Planes de Acción Territorial (PAT), que no han terminado de ser desarrollados por el gobierno valenciano en todos estos años. "Es más fácil hacer una nueva ley que hacer el trabajo que la ley manda que se haga", señalan.
Por otra parte, desde la asociación se considera que la ley "ha desaprovechado la oportunidad de llegar al urbanismo de tercera generación. Con este urbanismo no basta con que se dibuje y se urbanice, además hay que construir y desarrollar la inversión empresarial. Además, debería haberse hecho consultando a todos y no sólo a las grandes empresas".
En todo caso, los puntos claves de la norma no han estado exentos de polémica tanto por el nuevo papel de los agentes urbanizadores como por la capacidad que se da a los ayuntamientos de regular el detalle de la aplicación de los planes generales, acelerando el proceso pero aligerando el control de la Generalitat sobre ellos.
Igualmente, se ha advertido de los riesgos de que el agente urbanizador resulte capacitado ahora para actuar sobre solares y edificios en el casco urbano de las ciudades, si los propietarios no construyen o rehabilitan en un plazo de seis años. Del mismo modo que ha despertado críticas la eliminación de la reserva obligatoria de vivienda de protección pública (las antiguas VPO) hasta el 28 de junio de 2017, con vistas a dar salida al stock actual.
LA NUEVA LEY EN 10 PUNTOS
#1 Los ayuntamientos se hacen con la 'letra pequeña' de los planes generales
Ante la anulación judicial de diversos planes en los últimos años, la nueva norma opta por dividirlos en dos tipos según su alcance y complejidad. Por un lado, se establece que el Plan General Estructural sea competencia de la Generalitat, para evitar la proliferación de alegaciones sobre cuestiones particulares.
Por otra parte, el Plan de Ordenación Pormenorizada, que afecta a las condiciones de parcelación (que podrá ser propuesta por el urbanizador), alineaciones y rasantes, red secundaria, entre otros; queda bajo aprobación municipal.
De este modo, también se espera que el Plan General reduzca su gestión de los tres a cinco años actuales a poco más de un año y ofrezca una interlocución única y accesible para el inversor, promotor, ayuntamiento o para los particulares.
#2 Fortalecer la figura del agente urbanizador frente a los propietarios
Entre otras posibilidades, la ley dispone que un promotor podrá solicitar a los ayuntamientos construir sobre un solar urbano que no sea de su propiedad siempre que el dueño lo tenga más de seis años parado. De igual forma se podrá hacer sobre edificios que estén abandonados o precisen de una rehabilitación.
Aunque la intención inicial sea que los promotores y los propietarios alcancen un acuerdo sobre el precio del solar, según la consellera de Infraestructuras, Isabel Bonig, en el caso de que no se alcance un acuerdo la Administración se inclina en favor del urbanizador, abriendo la posibilidad incluso de una expropiación forzosa.
#4 Adiós a la reserva obligatoria de VPP hasta el 28 de junio de 2017
La nueva norma termina con esta exigencia tanto en los planes generales que se hagan hasta esa fecha como para los planes parciales o de reforma que aún no hayan realizado el proyecto de reparcelación.
#5 Reducción de las condiciones medioambientales para la protección del suelo
La nueva norma elimina el llamado "metro por metro", que obligaba a ceder un metro cuadrado de suelo protegido por cada metro cuadrado de suelo reclasificado. De hecho, los afectados por los planes urbanísticos aprobados antes de esta ley podrán beneficiarse de esta ventaja, a cambio de ceder un 10% del aprovechamiento urbanístico al ayuntamiento y un 5% a la Generalitat.
#6 Facilitar la legalización de viviendas irregulares
Cuando la administración no asuma el papel de urbanizador con la gestión directa, podrán ser los propietarios mayoritarios del suelo, o agrupaciones de propietarios, los que asuman la condición de urbanizador. Si estos no la asumen de manera expresa, se abrirá un proceso de selección "con todas las garantías de publicidad, libre concurrencia e igualdad de la contratación pública", según la Generalitat, para que lo haga un tercero. Esta medida, entre otras, apoya la legalización de viviendas fuera de ordenamiento.
#7 Simplificación de la tramitación de instrumentos urbanísticos
Entre las novedades que incluye la norma está el permitir la tramitación independiente de los proyectos de urbanización.
#8 Creación de una Agencia de Disciplina Urbanística
Esta nueva entidad, de naturaleza consorciada entre los ayuntamientos y la Generalitat, tendrá como objetivo coordinar y homogenizar la actuación pública en materia de disciplina urbanística.
#9 Priorizar la intervención de la ciudad ya consolidada
Frente a la expansión urbanística de años anteriores, se pretende impulsar el desarrollo de espacios disponibles dentro de la trama urbana antes de transformar nuevos suelos.
#10 Nuevas medidas en favor del propietario
Se ha incluido la adhesión expresa del propietario a participar en la programación urbanística, la regulación de la retasación de cargas para no perjudicarle, el derecho a la elección de la modalidad de retribución, las obligaciones de transparencia, el alcance de las notificaciones y el emplazamiento del urbanizador con el propietario, o la responsabilidad económica de éste limitada a la finca y no a la resto de su patrimonio.
La voluntad del urbanizador, la voluntad del amigo del alcalde. Otra prueba de "regeneración".
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