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para "ganar en eficacia"

La Comunitat aprobará una nueva Ley de Hacienda Pública

VALENCIAPLAZA.COM. 01/08/2014 El conseller de Hacienda, Juan Carlos Moragues, apunta a que han transcurrido 30 años desde la última revisión y hacía falta una "en profundidad"

VALENCIA (EP). El Gobierno valenciano ha aprobado este viernes en pleno el anteproyecto de la nueva Ley de Hacienda Pública, de Subvenciones y del Sector Público Empresarial de la Generalitat, que actualiza la normativa anterior, con el objetivo de "ganar en eficacia, coordinación y convergencia con los principios de la normativa estatal y europea" y "optimizar cada euro que gestiona el sector público".

Así lo ha asegurado el conseller de Hacienda, Juan Carlos Moragues en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, donde ha agregado que la ley ofrecerá "un mayor y mejor control del dinero de los ciudadanos y mejorar en transparencia y rigor".

Como ha explicado Moragues, la nueva normativa viene a actualizar la Ley 4/1984, de 13 de junio, de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, así como el Decreto legislativo de 26 de junio de 1991 por el que se aprobaba el texto refundido de la misma de 1991.

"Han transcurrido 23 años desde la última revisión global del texto que regula el régimen económico-financiero de la Generalitat y era necesario una revisión en profundidad", ha afirmado.

"Desde el año 1991 se han producido importantes cambios en el sector público de la Generalitat que han afectado tanto a la estructura como a las competencias asumidas y además se han consolidado las exigencias derivadas de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera", ha añadido el conseller.

La nueva norma regula de forma unitaria, ordenada y sistemática la actividad económico-financiera de la Generalitat y permite adaptar la normativa de la Generalitat a la normativa estatal de estabilidad.

Otro de los motivos que ha llevado a la elaboración de esta disposición, ha justificado Moragues, ha sido adelantar en la racionalización del proceso presupuestario, así como en la mejora de la transparencia y la eficiencia en la gestión, "sin que por ello se vean mermadas las garantías en la gestión de los fondos públicos". Además, es necesario regular la administración institucional de la Generalitat y contar con una normativa propia en materia de subvenciones

ESTRUCTURA Y CONTENIDO

La Ley viene estructurada en 10 títulos y 177 artículos, 8 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y 4 disposiciones finales.

En los ocho primeros títulos, se concreta el régimen económico-financiero del sector público, con cuestiones como la elaboración y gestión del presupuesto, Tesorería, contabilidad y control interno. Además, la Ley clasifica los distintos entes en dos subsectores: sector público administrativo y sector público empresarial y fundacional.

El conseller ha apostillado que "la pertenencia a uno u otro subsector es determinante para la concreta aplicación del régimen en cada una de las materias o instituciones reguladas en el texto".

Por el lado del sector público administrativo se incluyen la Administración de la Generalitat, organismos autónomos, instituciones, Consorcios y entidades de derecho público. Así, se establece que su presupuesto de gasto será limitativo y vinculante (en el caso de las entidades de derecho público, lo será en lo relativo a los gastos de personal y subvenciones, mientras que en el resto de casos será limitativo en el importe global).

Por lo que se refiere al sector público empresarial y fundacional, en el que se incluyen las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles, fundaciones, consorcios y entidades de derecho público no incluidos en el sector público administrativo, el presupuesto de gasto será estimativo y no vinculante (salvo en lo que se refiere a gastos de personal, que será limitativo y vinculante.

PRINCIPALES NOVEDADES

En lo referente a régimen económico-financiero del sector público, entre las principales novedades cabe destacar el requerimiento de informe previo de la Abogacía y de la intervención general para todos aquellos acuerdos del Consell que conlleven obligaciones económicas y de carácter plurianual. Además, se requerirá autorización expresa del Consell para la imputación al presupuesto corriente de obligaciones de ejercicios anteriores, previo informe de la intervención general de la Generalitat.

La nueva Ley introduce por primera vez el régimen específico del presupuesto de los entes que conforman el sector público empresarial y fundacional, y la elaboración de un presupuesto monetario anual de vencimiento de la obligaciones y derechos, a fin de prever las necesidades de tesorería. Además, se incluye la regulación de la Caja de Depósitos y Fianzas para la Generalitat.

El título IX se refiere al sector público instrumental de la Generalitat, del que cabe destacar que por primera vez en la Comunitat Valenciana se sientan las bases para la organización y funcionamiento del sector público instrumental, atendiendo a su sistematización y regulación.

Así, se unifican organismos autónomos y des desdoblan las entidades públicas empresariales (cuyas funciones son susceptibles de contraprestación) de otras entidades de derecho público (cuyas funciones no son susceptibles de contraprestación y desarrollarán sus actividades con arreglo a un Plan de Acción Anual, en el marco de un Contrato Plurianual de Gestión).

Por último, el título X se refiere a las subvenciones, de las que se define el procedimiento de concesión, así como los criterios para el abono de las mismas

Finalmente, el conseller ha afirmado que "las subvenciones son la principal manifestación de la actividad de fomento de la Generalitat y necesitan contar con una regulación autonómica que dé forma amplia y detallada a todos los supuestos que pueden surgir en la concesión de estas ayudas públicas. Se tiene que perseguir la transparencia en su otorgamiento".

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