MADRID (EP). El fiscal del Tribunal Supremo y la Abogacía del Estado ha solicitado este martes un incremento de pena para el exexpresidente del PP y de la Diputación de Castellón Carlos Fabra respecto de la sentencia que le condenó a cuatro años de prisión por cometer cuatro delitos contra la Hacienda Pública al haber estafado más de 693.000 euros entre 1999 y 2003. Reclaman que el alto tribunal le imponga 8 años de cárcel.
A juicio del representante del Ministerio Fiscal la condena debe modificarse por la aplicación indebida por la Audiencia Provincial de Castellón de la atenuante de dilaciones indebidas, ya que a su juicio los más de 7 años que duró la tramitación de esta causa están justificados dada la complejidad de la misma. Además, ha recordado que la conducta procesal de Fabra, que interpuso numerosos recursos, no debe beneficiarle.
El alto tribunal ha escuchado en vista pública las alegaciones de la defensa del exmandatario 'popular' y las de su exmujer, María Amparo Fernández, condenada a dos años de cárcel por dos delitos de fraude fiscal, así como las de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. En el caso, conocido como 'Naranjax', también está personada como acusación popular la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana.
El fiscal expuso a lo largo de su alegato que esta causa motivó la apertura por el juez instructor 74 tomos y 50 anexos y se llamó a declarar a cerca de 100 testigos y subrayó la necesidad de que las sentencias sean "percibidas como justas por la sociedad".
Por ello, en vez de un año por cada uno de los delitos fiscales el fiscal pide que a Fabra se le impongan dos años por cada una de estas conductas, teniendo en cuenta además que cada cuota defraudada superó el millón de euros que no han sido devueltos.
Con este diagnóstico ha coincidido el representante de los servicios jurídicos del Estado, que considera que la atenuante de dilaciones indebidas no debe aplicarse de forma automática, sino que deben examinarse los requisitos en cada caso.
DEFENSA PIDE ABSOLUCIÓN
Por su parte, el abogado de Fabra, Javier Boix ha solicitado la libre absolución del exmandatario popular y ha negado que la presentación de los recursos, que no llegaron a 20, tuviera la intención de dilatar el procedimiento y ha hablado de errores en la tramitación de la pericial que provocaron "parones de meses" en la causa seguida contra su cliente.
En lo relativo a su recurso, Boix ha argumentado que Fabra se vio perjudicado por la denegación de una prueba pericial exculpatoria. Ha señalado que la propia agencia tributaria levantó actas sobre la actuación del matrimonio que no apreciaron la comisión de delito fiscal alguno al no existir ánimo defraudatorio.
El letrado también alega que los hechos estaban prescritos cuando fueron juzgados y ha criticado que determinados inspectores de Hacienda adscritos a la Fiscalía, a los que ha afeado incluso su '"comportamiento gestual" durante el juicio que se celebró por estos hechos, concluyeran como peritos durante el procedimiento que existía delito fiscal en este caso.
Ha dicho también que no se comparó el incremento patrimonial de su cliente con el resultado económico que Fabra y su esposa tras varias operaciones de venta de inmuebles o préstamos.
La Sala que revisa esta causa está presidida por Joaquín Giménez y conformada también por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Manuel Marchena, Antonio del Moral y Luciano Varela, quien será el ponente de la sentencia que dicte el Supremo en este asunto.
El exdirigente del PP se sentó el pasado octubre en el banquillo de los acusados por tráfico de influencias, cohecho y fraude fiscal tras una instrucción de un caso que se prolongó durante diez años y pasó por las manos de hasta nueve jueces distintos.
Fue condenado en noviembre de 2013 a cuatro años de cárcel por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, al pago de una multa de 693.074,33 euros y a indemnizar al fisco con la misma cantidad. La Fiscalía pidió en el juicio que Fabra fuera condenado a 13 años de prisión y pagara una multa de 1,98 millones de euros.
Tras conocerse la sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón el pasado noviembre, Carlos Fabra se declaró "inocente", mostró su satisfacción por la absolución del cohecho y el tráfico de influencias y anunció que recurriría la resolución ante el Supremo y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional.
EL CASO NARANJAX
El origen de este proceso se sitúa en diciembre de 2003, cuando el empresario Vicente Vilar, propietario de la firma Naranjax y hasta entonces amigo de Fabra, presentó dos querellas en los juzgados de Nules en las que acusaba al expresidente de la Diputación de cobrarle dinero a cambio de favorecer a su empresa en la comercialización de productos fitosanitarios. A esta denuncia, en 2005, se sumó otra de la Agencia Tributaria por presunto fraude fiscal, que el juzgado admitió a trámite y anexionó al proceso ya abierto.
La Audiencia de Castellón apreció la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, absolvió a Carlos Fabra, al empresario Vicente Vilar -propietario de Naranjax que presentó la querella que dio lugar al proceso-, y a la exmujer de éste, Monstserrat Vives, de los delitos de tráfico de influencias y cohecho, así como al exsenador del PP Miguel Prim de tráfico de influencias.
La sentencia señaló que entre el 1 de enero de 1999 y el 31 de diciembre de 2004 Carlos Fabra y Amparo Fernández realizaron un elevado número de operaciones bancarias en las cuentas de las que eran titulares, como ingresos en efectivo, mayoritariamente, así como ingresos mediante cheque o transferencia, cobros en efectivo de cheques y otros pagos en efectivo que no se corresponden ni con el patrimonio ni con la renta por ellos declarados y que fueron ocultados a la Hacienda Pública.
Esa ocultación de ingresos dio lugar a que Carlos Fabra defraudara a la Hacienda Pública 693.074,33 euros correspondientes a los ejercicios 1999, 2000, 2002 y 2003 y Amparo Fernández un total de 427.998,49 euros en los ejercicios 1999, 2000 y 2003.
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