VALENCIA. Si ha acudido recientemente a la playa es posible que se haya librado de una buena multa, aunque crea no haber cometido ninguna ilegalidad. La ordenanza municipal por la que se rigen las playas de Valencia es algo ambigua en algunos aspectos, por lo que se debe apelar al sentido común para no violarla.
Pero, ¡cuidado! A veces el juicio individual no entra por la ventana del marco normativo. Por ello, aclaramos algunos supuestos de qué se puede y no hacer en la playa con el fin de confeccionar un perfil de ‘bañista modelo':
¿ESTÁ PERMITIDO ESCUCHAR MÚSICA?
Sí, pero sin molestar. Tener el volumen alto puede salir por hasta 750 euros, por ello la concejalía de Medio Ambiente y Salud recomienda el uso de auriculares para oír música en la arena, siendo estos obligatorios en las playas de la Albufera, donde la sanción ascendería a un máximo de 1.501 euros.
¿SE PUEDE BEBER ALCOHOL?
La normativa permite su venta en lugares autorizados y consumo en la arena si la bebida no supera los 18 grados, por lo que cerveza o vino (siempre que su envase no sea de vidrio) son legales según la administración.
El problema para el bañista puede venir por otras vertientes, ya que no mantener la playa limpia así como la evacuación fisiológica en el mar o la arena serían sanciones leves.
¿DÓNDE SE DEBE JUGAR A LAS PLAYAS Y PRACTICAR OTROS DEPORTES?
Como norma general, el paseo, la estancia y el baño en la playa tienen preferencia sobre otros usos. Por ello, se consideraría infracción leve jugar a las palas o al balón en zona de paso. Para lo primero, mejor hacerlo en la orilla y sin bañistas alrededor; mientras que para otros juegos de pelota se debe buscar una zona acotada para ello.
Por otro lado, practicar surf y otros deportes de vela es una infracción grave si no se hace en lugares habilitados para ello. Si no los hubiera, sólo la ausencia total de bañistas en esa zona sirve de salvoconducto para llevar a cabo la actividad.
¿PUEDO IR CON MI PERRO A LA PLAYA?
Está terminantemente prohibido que las mascotas pisen la arena. Únicamente en caso de ser un perro lazarillo se permite, siempre que esté debidamente acreditado. Sí podrán permanecer en la zona peatonal del paseo estando sujetos de forma reglamentaria.
¿PUEDO USAR JABÓN O CHAMPÚ EN LAS DUCHAS?
No, la multa por hacerlo asciende hasta 750 euros. Del mismo modo, tampoco está permitido limpiar utensilios de cocina en las duchas y lavapiés.
¿SE PUEDE COGER SITIO EN PRIMERA FILA?
Se trata de uno de los supuestos más habituales en playas pequeñas de gran aforo, ya que los bañistas acuden a primeras horas del día para colocar sus enseres y coger sitio. Está prohibido por la normativa vigente y conlleva una sanción leve.
HAY BANDERA ROJA, PERO EL MAR NO PARECE PELIGROSOS...
Error. Además de poner en peligro su vida, también corre riesgo de ‘perder la cartera' con una multa muy grave.
¿Y CON BANDERA AMARILLA?
En caso de bandera amarilla, queda prohibido el baño o natación de niños (salvo que se encuentren acompañados de sus padres o tutores y extremando las precauciones), y de personas discapacitadas.
Hablo de memoria, está entre leve o grave, pero nunca muy grave. En cualquier caso, la normativa indica que este supuesto se rige por otra legislación. Aquí está: http://bit.ly/1z9woBW
¿Cuanto es la multa por pasear el perro?
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