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SENTENCIA SOBRE PREFERENTES

Condenan a Bankia a devolver a una pareja de sordomudos 30.000 euros

28/06/2014

VALENCIA (EFE). El juzgado de Primera Instancia número 27 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver 30.000 euros -más los intereses- a un matrimonio de sordomudos tras declarar nulas dos órdenes para la suscripción de participaciones preferentes de Bancaja. 

Según consta la sentencia, remitida por el despacho de abogados valenciano Ortega y García, la magistrada declara nula la contratación de las preferentes por parte de los denunciantes al apreciar "error en el consentimiento".

Los demandantes son un matrimonio de 62 y 67 años, ama de casa y marmolista, respectivamente, ya jubilados y ambos sordomudos.

Estos clientes, según la sentencia, tienen un perfil ahorrador y, si bien el mismo día que suscribieron las preferentes abrieron un plazo fijo, la juez no considera que este hecho sea en modo alguno indicativo de que conocieran sus diferencias.

"Estaban convencidos que era un producto sin ningún riesgo y con una rentabilidad superior a un plazo fijo", relata la juez en su sentencia.

La prueba practicada se considera reveladora de que faltó información adecuada y real sobre los productos contratados y de que no se informó a los clientes de los riesgos que conllevaba el canje por acciones.

"La realidad ha sido que la entidad bancaria que emitía las acciones no estaba en la posición de solvencia económica que aparentaba frente a ellos, sino en una verdadera situación de insolvencia que trataba así de evitar pleitos sin tener que devolver el dinero", añade la sentencia.

Consultada por EFE al respecto, Bankia no se ha pronunciado sobre el contenido de la sentencia.

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