VALENCIA (EP). La sección quinta de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha decretado la suspensión cautelar de la orden de la Conselleria de Educación de 24 de febrero de 2014 por la que se anuló una resolución anterior sobre el programa lingüístico del colegio Pare Català de Valencia y, en consecuencia, se reconvirtió al castellano una línea en valenciano de Infantil de 3 años en ese centro.
Así se establece en un auto --de fecha de 6 de junio y distribuido este martes por Escola Valencia-- en el que la sala accede a la petición de suspensión cautelar solicitada por familias del CEIP Pare Català de Valencià sobre un acuerdo de 24 de febrero de 2014 firmado por el secretario autonómico de Educación, Rafael Carbonell, que anulaba una resolución previa, de 20 de mayo de 2013, de la directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, Beatriz Gascó, por la que se autorizaba un cambio de programa lingüístico que abría tres líneas en valenciano en el colegio.
De esta manera, la resolución dictada por Carbonell suprimía, una vez iniciado el curso, una línea de enseñanza en valenciano en esta escuela y la reconvertía a castellano después de que algunos padres interpusieran un recurso de alzada contra el cambio de programa lingüístico alegando que no estaban informada antes del período de matriculación.
El auto del TSJ --que impone a la Generalitat el pago de las costas y contra el que cabe recurso en cinco días-- suspende la resolución de 24 de febrero "hasta que se dicte sentencia en el proceso de declaración de los autos o hasta que el mismo concluya de algún otro de los modos previstos por ley jurisdiccional". La concesión de la medida cautelar --explica el TSJ-- "supone mantener la vigencia del proyecto lingüístico aprobado el 20 de mayo de 2013 durante el tiempo de duración de la controversia".
Para fundamentar su decisión, el auto enumera una serie de argumentos "por los que el tribunal concluye que los intereses privativos que exponen los demandantes y que se van a ver afectados por la puesta en práctica del acuerdo de 24 de febrero tienen mayor importancia, mayor peso específico, que los intereses públicos que representa y defiende la Generalitat/intereses privativos de terceros dañados por la paralización, durante la controversia, de la decisión del secretario autonómico de Educación y Formación".
"El primer argumento a favor de este resultado --prosigue-- parte de la constatación numérica", ya que "para un total de 59 solicitudes, la preferencia vino constituida por el Programa Plurilingüe de Enseñanza en Valenciano (PPEV), mientras que para un total de 13 solicitudes, la preferencia fue la del Programa Plurilingüe de Enseñanza en castellano (PPEC)". "Al efectuar una división de 59 solicitudes por tres (número de aulas previsto para el primer curso de educación infantil, lo que da un total de 19), la cifra es superior a la de las peticiones del PPEC", constata.
Asimismo, añade que "no existe ningún interés público en juego que guarde una estricta vinculación con criterios de planificación educativa o con los resultados de las evaluaciones desarrolladas en el centro".
Además, la sala subraya que existe un tercer argumento que "coadyuva a la decisión de acceder" a la medida cautelar pedida y que es el de que el auto "va a dar lugar al mantenimiento del programa lingüístico existente y que ha desplegado ya todos sus efectos durante el curso escolar 2013-2014".
TRAMITACIÓN URGENTE
En este sentido, insiste en que "con la atribución de la medida cautelar, las cosas no van a cambiar durante el curso escolar 2014-2015, que es el tiempo máximo previsto para su duración por cuanto que el tribunal ha declarado la urgente tramitación del proceso". "La sentencia que concluya los autos y que va a dar lugar a la pérdida de efectos de dicha medida se tomará dentro del ámbito de ese curso", agrega.
Por contra, hace notar que "las consecuencias que derivan de la puesta en práctica del acuerdo de 24 febrero 2014 no son reparables en la medida en que se habrá consumado el tiempo de desarrollo de un curso académico sin que algunos de los niños matriculados en el primer curso de Educación Infantil del colegio público Pare Català de Valencia reciban la enseñanza en la lengua primaria por la que optaron sus padres".
"La existencia de esta irreparabilidad de los perjuicios tiene suficiente trascendencia, en conjunción (sobre todo, al ser el criterio básico sobre el que se asienta la decisión de la sala) con el mayor peso de los intereses que se ven perjudicados por la ejecución de ese acuerdo de 24/02/2014" como para aceptar la medida cautelar solicitada.
"QUINTA VEZ CONSECUTIVA"
Tras conocer la decisión judicial, Escola Valenciana recalca, a través de un comunicado, que "es la quinta vez consecutiva que Rafael Carbonell pierde ante los tribunales en acciones jurídicas emprendidas por la Oficina de Derechos Lingüísticos" de esta entidad cívica.
"Es la quinta vez --insisten-- que el Tribunal Superior de Justicia valenciano dictamina que este responsable político actúa de forma ilegal y toma decisiones que vulneran los derechos lingüísticos de las familias que eligen estudiar en valenciano".
"Por el bien de la sociedad valenciana y del funcionamiento normalizado de nuestro sistema educativo pedimos que se cese a Rafael Carbonell, un político que ha vulnerado profundamente la Llei d'Ús i Ensenyament del Valencià (LUEV) y el artículo 6 del Estatuto de Autonomía", reclama el presidente de Escola, Vicent Moreno.
La reconversión de la línea del Pare Català provocó, además del recurso ante los tribunales, protestas de parte de la comunidad educativa del centro. En ese contexto, desde la Conselleria de Educación se llegó a un acuerdo con los padres para que el centro cuente con tres líneas en valenciano y una en castellano el próximo curso, tanto en primero como en segundo de Infantil.
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