VALENCIA. El pasado 1 de abril la dirección de Ràdio Televisión Valenciana (RTVV) notificó a los trabajadores despedidos de la casa que no confirmaran el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que iban a recibir en los siguientes días en sus casas. Comenzaba así un periplo fiscal que todavía no ha llegado a su destino.
El retraso en el envío por parte del departamento de administración de la empresa del Modelo 190 correspondiente al último trimestre de 2013 (con el que se elaboran los certificados para la Renta de los empleados), no sólo ha hecho que Hacienda haya multado a la empresa y los trabajadores hayan tenido que esperar más de lo debido para empezar a hacer su declaración, sino que ha sido uno más en una serie de errores advertidos ya por la Agencia Tributaria.
Distintos trabajadores que han acudido a las delegaciones de Hacienda para hacer su declaración han sido advertidos de que la empresa no ha remitido correctamente cumplimentados los documentos que afectan a muchos de los trabajadores de RTVV. Esta situación es especialmente reiterada entre los que fueron reincorporados por decisión judicial tras el primer ERE y que volvieron a ser personal de la empresa tras la declaración de la sentencia como firme.
CÁLCULO ERRÓNEO DE LAS RETENCIONES
El problema que ha registrado el fisco está en el cálculo de las retenciones, que presentan errores que cambian según las circunstancias de cada trabajador, como han podido comprobar muchos de los afectados con el simulador de la página web de la Agencia Tributaria. De hecho, en la propia Hacienda se ha constatado este error y se recomienda a sus técnicos que se mire con detenimiento las declaraciones de los afectados para detectar posibles errores.
Aunque esto puede significar una estudio concienzudo de la declaración del contribuyente, distintos afectados reconocen que también puede ser positivo. "Si no están bien calculadas las retenciones y la declaración sale a pagar, se paga más", advierte uno de los interesados. Por contra, si la declaración sale a devolver, los afectados tendrán que esperar a que la empresa resuelva su situación con la Hacienda Pública para recuperar lo que les corresponden.
En diversos casos que ha podido conocer este diario, tras la reincorporación de los trabajadores en diciembre de 2013, en la nómina no figuran aplicadas las retenciones y, cuando se trata de los salarios debidos (los antiguos salarios de tramitación) se aplica un 15%, que correspondería a las de un pago en concepto de atrasos.
MODOS DE SOLUCIÓN
Sin embargo, el personal de la Agencia Tributaria señala que no se trata de atrasos, sino que se deben aplicar las retenciones habituales en la nómina del trabajador. Como consejo, a los empleados se les recomienda que hagan elevación al íntegro, que permite pagar las retenciones que correspondan.
Lo previsible, según fuentes fiscales, es que el contribuyente sea llamado por Hacienda para explicar la situación. Para esa cita, el trabajador deberá llevar toda la documentación de que disponga, especialmente la relacionada con su despido, para que la Agencia Tributaria reclame a RTVV la diferencia.
Entre los papeles que se deben conservar especialmente están las nóminas correspondientes a los meses posteriores a la reincorporación a la empresa tras el ERE anulado. Si se es uno de los beneficiarios de este caso, es habitual que en los datos fiscales aún se figure como beneficiario de una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y no como un empleados por cuenta ajena.
Las prisas por ocultar los archivos dan lugar a errores. Y como siempre cuando están los amiguetes del PPartido por el medio RESPONSABLES NI UNO!!!
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