VALENCIA. Hace más de una década que el Ministerio de Hacienda empezó a remitir a los ciudadanos sus propias cuentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Lo que empezó siendo un servicio para aquellos que tenían un reducido número de fuentes de ingresos, en su mayoría procedentes de las entas del trabajo y una actividad financiera muy reducida, ha ido creciendo hasta abarcar un amplio número de contribuyentes, en su mayoría con bajos conocimientos fiscales.
En principio, estos borradores podrían parecer una buena forma de poner en paz con Hacienda a aquellos españoles que, en muchos casos, no cuentan con conocimientos como para hacerse ellos mismos la declaración y tienen que recurrir a profesionales o conocidos que les ofrecen este tipo de servicios o a los de las propias oficinas de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, el delegado especial de la Agencia Tributaria en Valencia, Manuel J. Cabrera Pardo, ha reconocido que estos borradores no son todo lo correctos que deberían, ya que 'olvidan' la inclusión de determinados aspectos que, en su mayoría, se refieren a deducciones en favor del contribuyente que, si no se revisan, pueden llevar al ciudadano a pagar de más.
Pardo defiende que esta situación se da porque la Agencia Tributaria "no conoce todos los datos del contribuyente" y pueden producirse errores. Lo mismo que el Ministerio de Hacienda, el delegado especial reconoce que "resulta conveniente" revisar estos borradores, dado que en el momento de su confección, el Estado podría desconocer "datos con trascendencia en la declaración, datos que quizás el contribuyente deba incorporar".
ERRORES HABITUALES
Algunos datos que deberían recoger estos borradores de la Renta sobre los que la propia Agencia Tributaria y un buen número de asesores financieros aconsejan realizar una revisión rondan casi la decena:
#1 Inmuebles y sus referentes catastrales. Aunque puede ocurrir que se olvide alguno de los inmuebles, también puede pasar que su valor no se corresponda con el recogido en el Catastro o que no se haya dado de baja algún activo que se hubiera vendido el pasado año.
#2 Circunstancias personales y familiares. Esta medida es especialmente importante si cambiaron en 2013, aunque también viene bien repasar que se respetan las circunstancias sobrevenidas en años anteriores, como el cambio de estado civil, el nacimiento de un hijo o la asunción del cuidado en el propio domicilio de alguno de los padres.
#3 Aportaciones a planes de pensiones. Es una de las equivocaciones que puede tener un efecto significativo y que suele ser para remar en contra de las posibles ventajas del contribuyente.
#4 Aportaciones a cuotas sindicales. Aunque la situación laboral haya cambiado, las aportaciones siguen siendo relevantes, por reducidas que sean, a sindicatos o agrupaciones profesionales o de otro ámbito.
#5 Percepciones por subvenciones. El Estado puede haber 'olvidado' este aspecto aunque sea otro departamento de la Administración el que esté detrás de su adjudicación, como sería el caso de las instancias autonómicas, provinciales, supramunicipales o locales.
#6 Deducciones por maternidad. Además de los cambios familiares que hayan podido suceder, no faltan ejemplos en los que el borrador dejó de recoger las deducciones correspondientes al nacimiento de un hijo, pese a haber contemplado su venida en otra casilla de la declaración.
#7 Deducciones por inversión en vivienda habitual. Siempre que se hayan hechos de forma fiscalmente adecuada, debe tenerse en cuenta que se reflejen estas acciones y su correspondiente beneficio tributario.
#8 Deducción por alquiler de vivienda habitual. Este aspecto puede haber sido pasado por alto desde la Agencia Tributaria, perjudicando al calculo final.
#9 Deducciones autonómicas. Como señalan los expertos, no se debe dar por sentado que la computadora que cumplimenta estos borradores recuerde en todo momento a dónde está remitiendo el documento final y qué ventajas se pueden disfrutar según donde se resida y se cuente con vías de ingresos.
Mi madre es mayor de 65 años y tiene una minusvalía del 34% por lo que le corresponde una deducción autonómica de 179 euros. En el borrador no aparece pero al hacer la modificación lo incluye en el campo correspondiente pero no modifica el resultado de la devolución. Me he gastado unos 30 euros en llamadas al 901200345 que es el teléfono de modificación del borrador sin conseguir contactar con ellos. Este número es un timo porque debería comunicar y no hacer gasto en la llamada. En cambio contesta un contestador que te tiene un buen rato preguntando cosas para al fin lamentar que todos los operadores están ocupados. Es lamentable que Hacienda utilice un número con gasto compartido para este servicio.
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