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MENOS LIMITES PARA ALTOS CARGOS

El Gobierno prepara una ley que facilita la recolocación de los políticos en empresas

X. A.. 14/03/2014 Reduce las restricciones a la hora de ser contratados tras dejar sus puestos en el Ejecutivo

VALENCIA. Entre los altos cargos del Gobierno ya se ha convertido en tradición asegurarse un retiro dorado tras el ejercicio de sus funciones en el Ejecutivo. No hay más que observar la larga lista de dirigentes que han pasado de sus labores políticas a convertirse en cotizados consejeros o importantes directivos en la empresa privada.

Por si las dificultades eran demasiadas hasta el momento, el actual Gobierno de Mariano Rajoy trabaja ahora en el Anteproyecto de ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Un texto que modifica la anterior norma reduciendo algunas limitaciones que hasta el momento tenían los políticos para dar el salto a la empresa privada cuando terminaran su mandato. Es decir, el propio Ejecutivo actual mejora sus condiciones para evitar obstáculos que les eviten un plácido acomodo el día de mañana.

El propio Consejo de Estado ha emitido un dictamen en referencia a este anteproyecto de ley evidenciando esta reducción de restricciones para los políticos. Así, según señala el informe, en el primer párrafo del artículo 15 se establece que los altos cargos "durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas, directa o indirectamente, por decisiones en las que hayan participado".

Se aprecia un cambio sensible en la limitación prevista en el artículo 8 de la Ley 5/2006, donde se disponía que la limitación "opera respecto de empresas o sociedades privadas relacionadas directamente con las competencias del cargo desempeñado", un concepto que resulta "materialmente más amplio que el proyectado", según refleja el informe del Consejo de Estado.

De la misma manera, la misma reducción de limitaciones en el ejercicio de actividades privadas con posterioridad al cese se aprecia en la regulación de la reincorporación. En la Ley 5/2006 también se hablaba de puestos de trabajo que no estuvieran "directamente relacionados con las competencias" del cargo público. En la norma proyectada, según señala el dictamen del Consejo de Estado, se excluye de incompatibilidad las actividades en puestos de trabajo en los que sus funciones "no estén directamente relaionadas con decisiones en las que hayan participado directamente cuando ejercían el alto cargo".

Además, el Consejo de Estado también pone el acento en su dictamen una "atemperación en el rigor de la limitación actualmente vigente" en lo relativo a los contratos públicos.

 

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