VALENCIA. La decisión de los gestores de Teyoland de solicitar el preconcurso de acreedores, acogiéndose al artículo 5 bis de la Ley Concursal, les permite defenderse de las solicitudes de concurso necesario que puedan plantear los acreedores, pero no les libra de ser desahuciados por Feria Valencia, que ha presentado una demanda en ese sentido la semana pasada.
Los gestores de la empresa pueden mantener el control de os órganos de decisión y, aunque se les imponga un administrador concursal, no pierden la capacidad de decisión y el poder de firma, como sí ocurriría si un acreedor fuerza el concurso, aunque sólo fuera uno de ellos.
Con el preconcurso, se abre un periodo de hasta cuatro meses en los cuales la empresa puede abstenerse de pagar a sus proveedores. Sin embargo, la excepción se refiere a los impagos que mantenga con su casero, al que deberá pagar en todos los casos, según advierten distintas fuentes especializadas en Derecho Concursal.
ENERVAR EL DESAHUCIO
Incluso si Teyoland se declarase en concurso, Feria Valencia tendrá prioridad hasta sobre el pago de las nóminas del personal, si es que la empresa no rescinde el contrato y deja de ocupar el pabellón 7 del recinto, sobre el que se ha presentado la demanda de desahucio.
Actualmente, la superficie del mueble y el bricolaje debe cuatro mensualidades, que suman alrededor de un cuarto de millón de euros. Fuentes conocedoras del proceso advierten que la voluntad de Feria Valencia no es desalojar a la empresa, sino utilizar esta herramienta como método de presión para conseguir el pago de lo que se le adeuda.
En cualquier momento, la institución que preside José Vicente González puede enervar el desahucio, una fórmula jurídica que consiste en obligar al pago de todo lo que se le debe, por encima del resto de afectados.
De hecho, el resto solo ha de cobra a partir de la fecha de declaración de la suspensión de pagos (previsiblemente en junio), renegociándose la deuda anterior hasta alcanzar un acuerdo (convenio de acreedores), que suele incluir quitas o un proceso más largo para la subsanación de la deuda.
SOLUCIONES ALTERNATIVAS
Como ocurre con los inquilinos inmobiliarios, el periodo entre la orden de desahucio y el desalojo depende de la velocidad a la que trabaje el juzgado al que le corresponda el procedimiento. Fuentes jurídicas señalan que, en líneas generales, se puede tardar entre cuatro meses y un año.
En un caso como el de Teyoland, con un gran volumen de artículos en el inmueble afectado, una alternativa que podría poner en práctica Feria Valencia para no tener que sumar a los impagos los costes del desalojo del pabellón es alcanzar un nuevo acuerdo con el inquilino o quedarse el género en depósito de forma gratuita, mientras se logra su venta.
De este modo, la empresa podría obtener ingresos que le permitieran satisfacer la deuda con su casero y destinar lo que quede a satisfacer las cuentas pendientes con los demás proveedores de bienes y servicios, como es el caso de las empresas de construcción que participaron en la adaptación del recinto.
Concurso de acreedores y liquidación.Ese es el final de Teyoland.Engancharán a todo el que les fió y se acabó la historia.
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