X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA
EL CAMBIO FUE POSTERIOR AL TRASPASO DE LA SEDE DE RTVV

Moragues cambia la ley para tapar con patrimonio inmobiliario los agujeros de empresas públicas

JOAQUIM CLEMENTE . 25/01/2014

El Consell camufló en la ley de acompañamiento una sutil modificación que permite aportar como capital social patrimonio inmobiliario de la Generalitat a empresas públicas necesitadas de fondos

VALENCIA. El Gobierno valenciano aprovechó el maremágnum de la ley de acompañamiento para introducir un cambio sutil pero relevante en la Ley de Patrimonio de la Generalitat Valenciana de 2003 que le permitirá utilizar inmuebles públicos de forma indiscriminada para tapar los agujeros de sus propias empresas.

El cambio, del que no se ha informado de forma abierta, solo afecta a un artículo de la ley y consiste en suprimir la limitación que introducía la ley, que impedía que la Generalitat pudiera aportar como capital social a empresas de las que fuera partícipe mayoritario inmuebles administrativos o de oficinas. Con la supresión de solo una frase, la Consellería de Hacienda, de la que depende el patrimonio y que dirige Juan Carlos Moragues, podrá capitalizar las empresas públicas sin inyectar dinero del que no dispone. 

Este cambio legislativo se aprobó en Les Corts en el paquete de medidas recogidas por la Ley de Acompañamiento. En concreto es el artículo 110 de esa ley y en su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana solo incluía la nueva redacción, sin referencia al cambio efectuado. La modificación está vigente desde el 1 de enero.

Sin embargo el cambio llega tarde para una operación ya realizada: el traspaso del Centro de Producción de Programas (CPP) de Canal 9 en Burjassot a la sociedad Ràdio Televisión Valenciana. Esta operación se ejecutó en marzo de 2013. La Generalitat cedió el inmueble a RTVV para completar el proceso de capitalización y reequilibrio patrimonial de la sociedad. El CPP se aportó como parte de una ampliación de capital como aportación no dineraria, valorándose en 32 millones de euros. 

UNA OPERACIÓN QUE LA SINDICATURA CREE ILEGAL

Esta operación ha sido cuestionada de forma contundente por la Sindicatura de Comptes en su último informe de fiscalización. De hecho, en uno de sus párrafos de énfasis asegura que esta Sindicatura considera que "la desafectación de los referidos bienes no se ajusta a lo previsto en el artículo 29.1 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, en relación con su necesidad para la prestación del servicio público de radiotelevisión, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 53.3 de dicha Ley".

Precisamente el cambio en la ley introducido casi nueve meses después de esta operación modifica ese artículo 53.3, que es el que rige qué tipo de inmuebles pueden aportarse como capital social a empresas participadas por la Generalitat. En todo caso la norma no tiene carácter retroactivo, por lo que la operación que se firmó en marzo sigue estando en entredicho.

CAPITALIZAR EMPRESAS CON PATRIMONIO DE TODOS

Pero más allá de RTVV, el cambio normativo permitirá a la Generalitat capitalizar empresas públicas que siguen acumulando pérdidas y, con ellas, necesidades de ampliaciones de capital para equilibrar sus balances. El problema radica en que el Consell no tiene dinero para suscribir unas ampliaciones de capital millonarias con dinero en metálico.

La obligación de la Generalitat de inyectar dinero en las empresas públicas para cubrir las pérdidas recurrentes acabó siendo uno de los problemas del Consell con su sector público. Cada año era necesario realizar costosas ampliaciones de capital hasta que llegó el punto, como se reconocía en varios informes de auditoría, de que la falta de liquidez de la Generalitat ponía en duda su capacidad para depositar ese dinero y, por tanto, la viabilidad de las empresas.

Con el cambio de la ley será posible suscribir ampliaciones de capital de las sociedades con inmuebles que son patrimonio de la Generalitat. La supresión de los límites que establecía la anterior redacción del artículo 35.5 permitirá, por ejemplo, adscribir edificios de oficinas sin vinculación con la actividad de la empresa destinataria usándolo como un bien para suscribir ampliaciones de capital.

Para eso habrá que tasar esos inmuebles, un proceso también cuestionado en el caso del CPP de Burjassot. El edificio de Canal 9 estaba apuntado con un valor de 2,86 millones en los libros de la Generalitat y pasó a RTVV valorado en 32 millones. La Sindicatura de Comptes también ha puesto en duda este aumento del valor.

 

Noticias relacionadas

Comparte esta noticia

2 comentarios

Paco Camps Degolf escribió
26/01/2014 22:14

Pura ingeniería financiera para seguir robando a los valencianos. Privatizamos beneficios y socializamos pérdidas. A gorrazos hay que echarlos, pero YA!!!!!!!!!!

Siulet escribió
25/01/2014 07:06

Los acreedores de esas empresas públicas se quedarán con los inmuebles, y recurrirán la tasación engordada. El resultado será que los valencianos nos quedaremos sin los bienes inmuebles y todavía debiendo dinero.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad