VALENCIA (EP). La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la nulidad del juicio del 'caso Cooperación', a la unión de las dos piezas del proceso --la primera, relativa a subvenciones a la Fundación Cyes en 2008; y la segunda, a otras ayudas a diferentes ONG en los años 2009, 2010 y 2011-- y ha defendido la "imparcialidad" de la magistrada instructora y la actuación de la Abogacía de la Generalitat en el procedimiento. Asimismo, ha destacado el "absoluto respeto" al derecho de defensa del exconseller de Solidaridad y actual diputado del grupo de No Adscritos en las Corts, Rafael Blasco, uno de los nueve acusados.
Así lo ha expuesto Vicente Torres --uno de los dos fiscales que asiste al juicio de la primera pieza del 'caso Cooperación'-- en la segunda sesión de la vista, que tiene lugar en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y que está dedicada a que las acusaciones expongan sus cuestiones previas. Este martes fue el turno de las defensas, quienes pidieron la nulidad del proceso y fueron muy críticos con las actuaciones de la Generalitat y de la magistrada instructora, Pía Calderón.
Durante poco más de una hora, el fiscal Torres ha ido contestando a cada una de las cuestiones planteadas este martes por las defensas de los nueve acusados. En un primer término ha mostrado su oposición a la nulidad del juicio, a retrotraer las actuaciones a la fase de instrucción, y ha mantenido que en ningún caso se han vulnerado los derechos fundamentales de los acusados, en especial el derecho de defensa, sobre el que ha dicho que ha existido a lo largo del procedimiento un "absoluto respeto".
Respecto a la unión de las dos piezas de la causa, solicitada por el letrado de Rafael Blasco, ha comentado que esta cuestión ya ha sido resuelta en dos ocasiones por la Sala del tribunal, y siempre en sentido negativo. Al respecto, ha recordado que se acordó la división para simplificar el procedimiento, y la providencia en la que se adoptó esta medida "no fue recurrida en su momento por ninguna de las partes", ha apostillado.
El fiscal ha insistido, en este sentido, en que tal y como se argumentó en diferentes resoluciones, es necesaria la división ante la complejidad del procedimiento y para impulsar y simplificar la causa, en la que --ha puntualizado-- existen conexidades pero sobre hechos "muy concretos y precisos", que no impiden la adopción de esta medida.
"NI UN SOLO ACTO"
Sobre la presunta "parcialidad" de la jueza instructora, a la que este martes hizo alusión el letrado del empresario Augusto César Tauroni
--único en prisión--, el fiscal se ha mostrado contrario y ha reiterado que "no ha habido ni un solo acto de la magistrada en el que se haya puesto de manifiesto su pérdida de imparcialidad en el proceso". "La instrucción --ha añadido-- supone una investigación objetiva de la verdad. Y es lo que se ha hecho".
Además, Torres ha declarado que el letrado de Tauroni "en ningún momento" alegó durante el proceso esa pérdida de imparcialidad, así como tampoco impugnó las intervenciones telefónicas acordadas: "no hay ningún recurso a ningún auto sobre las intervenciones. No se han impugnado en ningún momento procesal ni se ha pedido la nulidad de las mismas", ha aseverado.
Asimismo, ha destacado que las mismas se hicieron conforme a los requisitos establecidos en diferente jurisprudencia del Tribunal Supremo, y cuando se acordaron -ha matizado-- se hacía constar los hechos investigados, los registros públicos de las sociedades, la proporcionalidad de la medida adoptada, etc: "se explicaba claramente", ha repetido.
"LA ÚNICA VULNERACIÓN, DE CATALÁ"
Por otro lado, en relación con el argumento del "doble juego" de la Abogacía de la Generalitat al actuar como acusación y como defensa, en relación con dos excargos de la Conselleria, Alexandre Catalá y Josep María Felip, el fiscal lo ha negado y ha alegado que la "única vulneración" la cometió Catalá, ya que cuando fue asistido por el letrado de la Abogacía no reconoció ninguna ilegalidad y luego sí lo hizo en el TSJCV.
Al respecto, se ha preguntado: "¿quién vulnera qué norma? ¿Catalá por no informar al letrado de los hechos que negó en declaración y que luego reconoció ante la magistrada instructora? Manifiesta el letrado de Catalá que se pudieron utilizar argumentos que su cliente dio a la Abogacía en su contra... ¿qué acto en concreto dijo Catalá a la Abogacía que luego fue utilizado en su contra?".
Por otra parte, sobre la vulneración de derecho de defensa por falta de determinación de la acusación, el fiscal ha defendido que esta cuestión también fue resuelta en una resolución judicial, en la que se señaló que "no se puede exigir que la información de la acusación sea el mismo tipo de información que la que se plantea luego en el auto de procedimiento abreviado. La finalidad de la instrucción es determinar elementos del posible delito que se está investigando. Es una fase progresiva", ha dicho.
Por último, sobre la petición de impugnación del informe pericial del Interventor del Estado, Fiscalía se ha opuesto al estimar que no se puede impugnar la pericial del interventor y proponer la pericial testifical del síndic de Comptes, "cuya conclusiones son prácticamente iguales", ha comentado. A su entender, el perito del Estado no sustituye el razonamiento jurídico del tribunal --tal y como sí se achacó ayer--, puesto que "no es una pericial de índole jurídica, sino que es la que valora la normativa aplicable".
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