VALENCIA (EP). La Administración autonómica ha advertido de que los trabajadores de Radio Televisión Valenciana (RTVV) podrían estar incurriendo en la comisión de un delito tipificado en el Código Penal por estar dentro del recinto del Centro de Producción de Programas de Burjassot en contra de la voluntad de la dirección de la sociedad.
En concreto, hace referencia a lo que establece el artículo 203 del Código Penal que recoge que "será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a diez meses el que entrare contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público fuera de las horas de apertura", según han señalado fuentes de la Administración autonómica.
Asimimo, recuerdan que el mismo artículo en su segundo punto señala que: "será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, el que con violencia o intimidación entrare o se mantuviere contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento, mercantil o local abierto al público".
Las mismas fuentes recuerdan que la ley 4/2013 de la Generalitat de Supresión de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, ordena la supresión de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión.
Como consecuencia de lo anterior, el Consell acordó este jueves "el cese de las emisiones de los servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico de titularidad de la Generalitat prestados por la empresa Radiotelevisión Valenciana SAU por cualquier medio o canal de difusión. El cese de las emisiones se hará efectivo a partir del día de la publicación del presente acuerdo en el DOCV".
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