VALENCIA. Este miércoles dio comienzo uno de los juicios más esperados por los medios de comunicación de la Comunitat Valenciana. Carlos Fabra, expresidente de la Diputación de Castellón y exlíder del PP provincial, se sentó en el banquillo acusado de tráfico de influencias, cohecho y cuatro delitos contra la Hacienda Pública en el ‘caso Naranjax', tras una instrucción que ha durado casi 10 años, llena de recursos y de cambios -hasta nueve jueces y cuatro fiscales- en el juzgado de Nules encargado de la causa.
Frente a Carlos Fabra, se sitúan ahora tres magistrados de la Sección I de la Audiencia Provincial de Castellón: Esteban Solaz, que preside la Sala, Pedro Luis Garrido y Aurora de Diego. En el mes de junio, el presidente de este estamento judicial, Carlos Domínguez, anunció que se apartaba de forma voluntaria de la causa por su "trato afable y cordial" con Carlos Fabra. En diversos medios y por parte de la oposición política, se había apuntado a una posible amistad entre magistrado y político.
Esta misma sección primera, en concreto los mismos jueces, fueron los que apoyándose en una resolución de la sección segunda de la Audiencia por la que no consideraba los hechos imputados constitutivos de cohecho, declaró en mayo de 2012 la nulidad parcial del auto de apertura del juicio oral. Esta decisión implicaba que el caso pasaba a ser enjuiciado por un juzgado de lo Penal en lugar de la Audiencia, con una importante reducción en los años de condena aparejados a los delitos atribuidos. En concreto, de los 13 años solicitados, se pasaría a ocho.
Ante esta decisión, el juez Jacobo Pin, encargado de concluir la instrucción, solicitó amparo ante el Consejo General del Poder Judicial, al creer que la sección primera había "perturbado" su independencia al "tratar de imponer indirectamente el sobreseimiento del delito de cohecho" imputado a Carlos Fabra.
El Tribunal Supremo, ante los recursos de la Fiscalía Anticorrupción y de la Unión de Consumidores de España (UCE), dio la razón a Pin y permitió un nuevo auto de apertura de juicio oral incluyendo de nuevo la atribución de delito de cohecho.
No era la primera vez que el Supremo intervenía. En diciembre de 2010, la sección segunda sobreseyó la causa por supuestos delitos fiscales cometidos entre los años 2000 y 2003 -cuatro de los cinco por los que estaba siendo investigado- al considerar que no se había producido un acto de interposición judicial que interrumpiera el plazo de prescripción de estas conductas.
El TS revocó esta decisión al considerar que no podían declararse prescritos los delitos fiscales que se le imputaban inicialmente al expresidentes del PP de Castellón, acogiendo así los recuross que habían presentado Fiscalía, Abogacía del Estado y la Unión de Consumidores.
Ahora, casi diez años después del inicio de la instrucción del caso, Carlos Fabra, que declarará este jueves, se sienta ante los jueces de la Audiencia Provincial de Castellón, la que ha sido hasta ahora su sala ‘talismán'.
Actualmente no hay comentarios para esta noticia.
Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.
Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.