PALMA DE MALLORCA (EP). El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha dado un plazo de tres días a la Fiscalía Anticorrupción y a las demás acusaciones para que aleguen lo que estimen pertinente en torno a la petición formulada por Manos Limpias de que sean citados como testigos la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps.
A través de una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado emplaza de este modo a las acusaciones para que se pronuncien sobre la solicitud del sindicato, que fundamenta en la necesidad de que "se depuren cuantas diligencias sean necesarias para completar la investigación", tal y como ponía de manifiesto en el escrito que presentó ante el instructor.
La acusación popular cursó esta petición después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) acordase no imputar ni a Camps ni a Barberá en el marco de esta causa, al considerar que en su actuación no hay indicios de delito.
En concreto, el tribunal argumentaba que no es "bastante" con que aparezcan unos hechos que puedan revestir los caracteres de delito, ni que de una manera más o menos amplia puedan tener alguna relación o conexión con una persona aforada, sino que además es "necesario" que se deduzca "algún principio de prueba" que permita afirmar la participación directa y voluntaria de Camps y Barberá en los hechos. Y en este momento procesal, "no constan".
El pasado mes de mayo el juez de Palma, José Castro, elevó al TSJCV su exposición razonada con indicios delictivos sobre Camps y Barberá en relación con su participación en las negociaciones previas a la firma del convenio de los Valencia Summit, por los que el Instituto Nóos, que estuvo presidido por el Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, percibió alrededor de tres millones de euros públicos.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción puso de manifiesto, en el escrito que presentó para pedir la imputación de Camps y Barberá, que el TSJCV debía asumir íntegramente el caso Nóos en caso de que finalmente viese indicios incriminatorios contra ambos aforados y considere que efectivamente deben ser encausados.
El Ministerio Público atribuía a Camps y Barberá la presunta comisión de delitos de malversación continuada, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial, en la línea de la exposición razonada, de 70 páginas de extensión, que elevó el juez instructor del caso Nóos a la máxima instancia judicial de Valencia para pedir que asumiera la instrucción de estas pesquisas.
En un escrito de 135 páginas, la Fiscalía subrayaba cómo Camps y Barberá fueron quienes, "dada su ascendencia institucional en la estructura jerárquica", transmitieron a sus subordinados las órdenes presuntamente delictivas de beneficiar al Instituto Nóos. El propio juez instructor de la causa postulaba cómo la contratación de Nóos de cara a impulsar el Valencia Summit respondía "sólo al deseo" de ambos de "doblegarse a las exigencias de Don Iñaki Urdangarin en atención a su parentesco con la Casa de S.M. El Rey".
La Fiscalía apuntaba que en una reunión en el Palacio de la Zarzuela entre Urdangarin, su exsocio Diego Torres, Camps y Barberá, en el año 2004, donde se negoció la organización del futuro Valencia Summit.
Un evento que, según un escrito presentado por Torres ante el juez, se desarrolló el 29 de enero de 2004, casi nueve meses antes de que fuese firmado el convenio para la celebración del Valencia Summit -el 8 de septiembre de ese año-, por cada una de cuyas tres ediciones Nóos percibió 1,044 millones de euros públicos, a pesar de que los investigadores estiman en unos 300.000 el coste real de cada una de ellas.
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