Un juzgado de Granada atribuye a Álvaro y Javier Ruiz-Mateos delitos contra la Hacienda Pública, alzamiento de bienes y les impone una multa por impago del IVA
MADRID (EFECOM). Un juzgado de Granada ha condenado a 2,9 años de prisión a Álvaro y Javier Ruiz-Mateos por un delito contra la Hacienda Pública (1,6 años) y otro de alzamiento de bienes (1,3 años), y a una multa de 1,8 millones de euros por el impago del IVA en la venta de un hotel, cuyo importe se desvió a una cuenta suiza.
Así figura en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efeagro, que puede ser recurrida y que ha dictado el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada el pasado 15 de julio, pero de la que se ha tenido conocimiento ahora.
La sociedad Estofer Patrimonial, vinculada al conglomerado empresarial Nueva Rumasa, vendió en 2003 un hotel en Peñíscola a la firma "Hotel Tres Coronas" por un precio de 8,71 millones, al tiempo que recibió por parte de la sociedad compradora del hotel el importe correspondiente al IVA de la operación (1,39 millones de euros), con el objetivo de que fuera ingresado en Hacienda. En total, la cantidad abonada a la sociedad vinculada a Nueva Rumasa ascendió a más de 10,10 millones de euros.
El magistrado indica que, una vez satisfechas las cargas fiscales que gravaban las fincas vendidas, el importe neto del beneficio obtenido por Estofer ascendía a 7,07 millones, de los que 1,39 millones debían haberse ingresado para el pago del IVA correspondiente. Sin embargo, Estofer "nunca declaró dicho beneficio al fisco, ni se presentó declaración-liquidación por dicho impuesto".
Además, entre el 14 y el 28 de febrero de 2003 se produjo la despatrimonialización de Esofer, de forma que su patrimonio de 7,52 millones pasó a ser poco más de 3 euros, al tiempo que la Agencia Tributaria tuvo que declarar incobrable el crédito derivado del impago del IVA.
El 26 de febrero se consuma la total despatrimonialización de la sociedad, mediante la transferencia de 6,47 millones de una cuenta de Caja Granada a la sociedad Ramsie Services, en una cuenta corriente en Suiza, acogida al secreto bancario y cuya entidad beneficiaria se encuentra domiciliada en Belice.
Una orden de transferencia justificada como concepto de préstamo, aunque jamás se restituyó ni los intereses, ni el principal, según el texto.
Con esta sentencia, el magistrado declara nulo el contrato de préstamo que permitió transferir desde la cuenta de Estofer Patrimonial a Ramsie Services 6,47 millones.
Declara también la nulidad de los negocios que permitieron transferir fondos desde la cuenta de Estofer a Comercial Loraine, Hacienda San Patricio y Comercial Garvey, al tiempo que las requiere, junto a Nueva Rumasa, para que restituyan los fondos transferidos.
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