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Antonio Lis, director 'oficialmente' de gestión cultural y museística de la Diputación de Valencia

08/05/2013

VALENCIA. La Diputación de Valencia, a través de la Gestión de Personal, ha publicado el nombramiento de Antonio Lis Darder como director de gestión cultural y museística de la corporación provincial. Así se recoge en un anuncio publicado este miércoles por esta institución en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para dar a conocer la "resolución de la reglamentaria provisión" de dicho puesto de trabajo.

Este anuncio, consultado por Europa Press, recuerda que las bases para la provisión de este empleo, incardinado en el centro Gestión Cultural y Museística de la Diputación de Valencia, fueron aprobadas por decreto en agosto de 2012, mediante el oportuno proceso de convocatoria pública de libre designación entre funcionarios de carrera.

Igualmente, indica que dentro del plazo de presentación de solicitudes "únicamente" tuvo entrada la presentada por Antonio Lis Darder, que "reúne los requisitos de participación exigidos en las bases de convocatoria".

Así, apunta que tras ello, atendiendo al informe preceptivo de la Comisión de Valoración designada al efecto, se propuso a Lis para este puesto en atención a que fue "el único candidato presentado" y a que "sus conocimientos y experiencia se adecuan al perfil y requerimientos" del empleo convocado, "en particular a la capacidad de programación de proyectos y de organización y dirección de equipos".

Por ello, desde la Presidencia de la corporación provincial se decidió, como explica el BOP, nombrar a Antonio Lis para ocupar este "puesto de trabajo de libre designación" y desempeñar "las funciones de director de Gestión Cultural y Museística, incardinado en el centro Gestión Cultural y Museística". De este modo,

El anuncio precisa que el decreto por el que se hace efectivo este nombramiento "es definitivo en vía administrativa" y que contra el mismo se puede "interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Presidencia de la Diputación, en el plazo de un mes" o directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.

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