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Diari Oficial de la Comunitat Valenciana

Publicados los Presupuestos con un recorte del 6,6% en gastos de personal

VALENCIAPLAZA.COM. 31/12/2012

VALENCIA (EP/VP). El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana publica este lunes el proyecto de ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el próximo ejercicio, aprobado el pasado 20 de diciembre por las Corts Valencianes con el único apoyo del PP.

En el preámbulo de la normativa presupuestaria destaca que el documento no solo incluye, por primera vez, todos los gastos e ingresos correspondientes al sector público autonómico, sino que refleja el proceso de reordenación y reestructuración en el que está inmerso el mismo, y cuya conclusión esta prevista antes de la finalización del ejercicio 2013.

Juan Carlos MoraguesAdemás, los gastos de personal se han minorado en un 6,6 por ciento, "sin que por ello se vaya a ver afectado ni el mantenimiento de los servicios públicos esenciales ni las concretas retribuciones de los empleados Públicos" y el gasto social representa un 88,9 por ciento del total del gasto presupuestado.

Así, se trata de unos presupuestos que "profundizando en la reducción del gasto público dentro de un contexto de consolidación fiscal, reflejan el compromiso de la Generalitat" con el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública fijados por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de julio de 2012; las políticas de austeridad y racionalización del gasto público y la garantía de la prestación de los servicios públicos esenciales.

Respecto al contenido concreto del articulado, cabe destacar que de acuerdo con lo previsto en nuestro Estatut, y en la legislación financiera básica, los presupuestos de la Generalitat están sujetos a los mismos límites materiales que los Generales del Estado, y en tal sentido, la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2013 distingue dos tipos de preceptos: en primer lugar los que responden a lo que podríamos considerar el contenido mínimo, necesario e indisponible de la misma y, por otro, los que conforman lo que se ha denominado por la citada jurisprudencia como el contenido eventual, en la medida que se trata de materias que guardan relación directa con las previsiones de ingresos o habilitaciones de gastos.

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