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GRUPO PLAZA
VIA JUDICIAL

Encontrar defectos de forma será el último recurso sindical para anular los ERE públicos

A. MOHORTE. 21/08/2012 Incumplir un plazo o errar en el procedimiento puede echar por tierra los despidos planteado en la Administración valenciana. La reforma laboral ha eliminado la mayoría de los obstáculos que existían hasta ahora y que blindaba a buena parte de su plantilla

VALENCIA. Colgados de la letra pequeña. El recurso que van a plantear los sindicatos contra el expediente de regulación de empleo (ERE) de Ràdio Televisiò Valenciana (RTVV) tiene la vista puesta en el cumplimiento escrupuloso de los plazos de tramitación y de los trámites legales. Este es casi el único recurso del que disponen si aspiran a anular el despido masivo. "El cumplimiento del procedimiento tiene que ser exquisito", advierten fuentes jurídicas.

Hasta la última reforma laboral, el recurso habitual para anular despidos de la Administración era cuestionar la supuesta insuficiencia presupuestaria de las empresas públicas para mantener a las plantillas existentes. Al ser la propia Administración la que definía el presupuesto, era muy complicado para la empresa defender la decisión de recurrir a un ERE para garantizar la supervivencia de la empresa.

Sin embargo, la nueva ley ha allanado estos problemas, definiendo los criterios ad hoc para superar los obstáculos más comunes para la aplicación de los ajsutes, advierten fuentes jurídicas. De este modo, la discusión sobre la duración del periodo de negociación que durante la fase final del proceso ha enfrentado a la dirección y a los sindicatos en RTVV no es una discusión bizantina.

CUMPLIR LOS PLAZOS 

Consejo de administración de RTVV

La dirección fija como fecha de inicio la entrega de la documentación sobre el ERE, realizada el 17 de julio, mientras que los representantes de los trabajadores toman como referencia la primera reunión conjunta, celebrada el 24 de agosto. Así se explica que se llegara a recurrir a la presencia de un notario el viernes 17 de agosto para que certificara la firma del acta de la última reunión celebrada.

La propia empresa ha convocado el consejo de administración en primera convocatoria a las 21:15 del martes, cuando se cumplen exactamente 48 horas en días hábiles de la afirma de la última acta, pero, curándose en salud, ha fijado la segunda convocatoria para las 0:00 del miércoles (cumpliendo holgadamente el plazo), que es cuando se espera que comience la reunión. 

Los trabajadores y delegados sindicales del resto de empresas y fundaciones públicas de la Generalitat están siguiendo este proceso con sumo detenimiento, ya que, del conglomerado de entidades que rodean a la Administración valenciana aún tienen que salir unos 3.000 trabajadores y este otoño es la fecha límite.

EL PRECEDENTE CATALÁN

El efecto del incorrecto seguimiento de los trámites se ha demostrado eficaz para los sindicatos en distintas empresas de otras comunidades. El caso más significativo es el de una empresa de ingeniería que ejecutó el despido de 20 de sus 41 trabajadores, Dopec. El pasado mes de mayo la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declaraba nulo este primer ERE que se basaba en los cambios fijados por la reforma laboral.

En este caso, la magistrada Mar Sena (que fue consellera de Treball en el Gobierno de Josep Montilla) argumentó en su sentencia que la empresa había justificado la medida con la documentación de Dopec y no con la de todo el grupo de empresas de la que formaba parte; y que no se especificaba la clasificación profesional de los trabajadores despedidos.

Aunque la línea es distinta a la planteada desde los sindicatos sobre RTVV, los errores formales han hecho que la empresa tuviera que enfrentarse a la anulación de los despidos realizados, aunque no se haya replanteado el objetivo. Y es que el siguiente paso que se fijó la empresa una vez cumplida la sentencia fue volver a iniciar los trámites del proceso de despido, según fuentes sindicales.

EL ACUERDO EN IVVSA

Aunque al ERE de la radio televisión pública le ha antecedido el expediente aplicado sobre la plantilla del Instituto Valenciano de la Vivienda (IVVSA), la conflictividad en aquel ha sido mucho menor. El motivo está en que los sindicatos no han presentado una demanda colectiva, al haberse alcanzado un acuerdo tras el proceso de negociación (después de rebajar de 257 a 211 el número de despidos).

Si hay un acuerdo, no es factible que un juez eche atrás un ajuste laboral, según distintos expertos consultados. Diferente es el caso de las demandas individuales que se encuentran en marcha y que se basan en otros aspectos más específicos para los trabajadores afectados.

Las demandas individuales planteadas se basan sobre todo al montante de las indemnizaciones percibidas, el despido de un trabajador en lugar de otro (a pesar de estar en una situación similar en función de los criterios de selección) y al hecho de que alguno de los trabajadores fueran delegados sindical, una condición que, en principio, blinda ante un despido colectivo de estas características.

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