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El juzgado autoriza el pago a los usuarios afectados por la quiebra de Air Madrid

19/01/2012 El juzgado que instruye la liquidación de la aerolínea da vía libre para que se abonen en el plazo de un año las deudas con los viajeros que se quedaron en tierra por la suspensión de operaciones en 2006

MADRID (EFECOM). La aerolínea Air Madrid, que cesó sus operaciones en diciembre de 2006, pagará en el plazo de un año a la gran mayoría de los pasajeros cuyos vuelos estaban programados a partir de esa fecha todo lo que les adeuda y al resto de los usuarios afectados les aplicará una quita del 50 %.

Según consta en un comunicado remitido por el despacho de abogados Iure Abogados, que instó el concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) de Air Madrid, el juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid encargado del concurso ha emitido una sentencia que aprueba el convenio de la compañía aérea con sus acreedores.

En virtud de este compromiso, la aerolínea abonará a los pasajeros cuyos vuelos estaban programados a partir del 15 de diciembre de 2006 el 100 % de los créditos que tenían reconocidos salvo dos excepciones.

En primer lugar, aquellos pasajeros que realizaron su servicios con Air Madrid por la intervención de Organismos o Instituciones, públicas o privadas, de nacionalidad española o extranjera y, en segundo lugar, aquellos usuarios que por sustitución de Air Madrid "hubieren realizado el servicio de transporte".

El pago de los créditos se realizará en el plazo de un año, a contar desde el momento en el que sea firme la sentencia, lo que según Iure Abogados se producirá en los próximos días, en la medida en que la misma no se recurra.

Al resto de los acreedores, Air Madrid aplicará una quita del 50 % de su importe, abonándose el 10 % del crédito resultante en el tercer año y el resto en el quinto ejercicio.

Asimismo, el despacho de abogados indica que el pago se realizará a través de un pagaré o bien mediante transferencia bancaria, según solicite el acreedor.

En mayo de 2011, Air Madrid recibió el apoyo mayoritario de los acreedores en su plan de pagos, que contemplaba devolver en un año el importe de los billetes a los 64.000 pasajeros que se quedaron sin volar.

El convenio de acreedores (como técnicamente se denomina al plan de pagos y de viabilidad) estaba avalado por una sociedad del propietario de la aerolínea, José Luis Carrillo, ya que Air Madrid carecía de activos suficientes para pagar sus deudas.

Según el informe provisional de situación patrimonial, los bienes de Air Madrid estaban valorados cuando se declaró el concurso de acreedores en 25,5 millones de euros, lo que permitía pagar tan sólo el 17,6 % de las deudas de la aerolínea, fijadas provisionalmente en 144,5 millones.

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