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La Audiencia de Valencia ratifica la sentencia que aprobaba el convenio de Llanera y daba por finalizado el concurso

19/06/2010

VALENCIA (VP). La Audiencia Provincial de Valencia ha ratificado la sentencia del juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia de diciembre de 2009 por la que aprobó el convenio propuesto por la empresa para la matriz del grupo, Llanera SL, y para Llanera Urbanismo e Inmobiliaria SL, y acordó el cese de los efectos de la declaración del concurso, según informó la mercantil.

Con una sentencia de fecha de 11 de junio de 2010, la Audiencia desestimó el único recurso presentado frente a la aprobación judicial de los convenios de acreedores de la entidad holding del grupo y de la mercantil que aglutina las actividades inmobiliarias y urbanísticas de dicho grupo.

Desde la empresa destacaron que, en cualquier caso, el convenio de acreedores y el cese de los efectos del concurso "eran ya plenamente efectivos desde su aprobación en primera instancia".

Señalaron asimismo que esa nueva resolución se produjo dos días después de que la propia Audiencia dictase una sentencia con la que confirmaba la condena a Immochan España SA -inmobiliaria de Alcampo- a dar cumplimiento al contrato de colaboración empresarial para promover y explotar con Llanera el futuro parque comercial de Nou Mil.lenni, situado en el área metropolitana de Valencia, y le obligaba a pagar 20 millones de euros a la firma valenciana.

El director general de la compañía, Fernando Gallego, resaltó que "tras la salida del proceso concursal, Llanera dibujó un plan estratégico a largo plazo que afronta con una estructura acorde a los nuevos tiempos, con un producto diversificado y poco dependiente de la coyuntura y con un situación financiera que nos permitirá acometer nuevos proyectos en breve".

Ese plan de viabilidad contempla el desarrollo de "activos inmobiliarios diversificados, que van desde la promoción de viviendas de protección pública, hasta la explotación de activos en renta y concesiones, pasando por promociones de turismo residencial", entre los que destaca el desarrollo de Nou Mil.leni, que contempla la construcción de 12.000 viviendas, la mitad de protección oficial.

En diciembre de 2009, el juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia aprobó el convenio propuesto por la empresa y acordó el cese de los efectos de la declaración del concurso, de modo que la firma dirigida por Fernando y José Ramón Gallego se convirtió en la primera gran inmobiliaria en superar un concurso de acreedores.

La propuesta de convenio había sido aceptada tres meses antes por los acreedores y, una vez transcurrido el plazo legal para formular oposición, únicamente mostraron su disconformidad con el convenio y plan de viabilidad BBVA, Multiservicios Arcomediterráneo y Rotulogo, que no reunían el 5 por ciento del pasivo ordinario.

Llanera ofertó convenios de pago de deuda para cuatro sociedades, que sumaban unos créditos ordinarios pendientes de más de 120 millones de euros, aunque finalmente tuvo que liquidar la mercantil Aldalondo, puesto que el empresario Francisco Roig --único acreedor ordinario-- se abstuvo en la votación sobre la oferta de convenio, que en su caso suponía recuperar el 10% de la deuda en un año.

Los tres convenios aprobados contemplaban abonar a los acreedores de la matriz el 65% de total de deuda en un plazo de ocho años, y a los de Llanera Urbanismo e Inmobiliaria y Patrimonial Arenall el 50% y el 75% de la deuda, respectivamente, también en ocho años, y en los tres casos con un plazo de carencia en el pago de tres años.

El 1 de octubre de 2007, Llanera Urbanismo e Inmobiliaria SLU, junto con otras cinco sociedades del grupo, pidió ser declarada en concurso voluntario de acreedores, solicitud que se aceptó un día después. Según consta en la propuesta de convenio, ahora aprobada judicialmente, las causas que motivaron la petición fueron la crisis generalizada del sector inmobiliario; efecto de esta situación sobre las entidades financieras, que incrementaron el rigor en la concesión de créditos; desaceleración del mercado y la nueva ley del Suelo, que ralentizó el proceso de transformación del suelo.

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