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El trabajo no cotizado en negocios familiares será reconocido si hay divorcio

10/06/2011 El cónyuge del titular de un negocio familiar que haya trabajado en el negocio sin cotizar a la SS podrá reclamar durante el proceso de separación, divorcio o nulidad que se le reconozca el periodo trabajado

MADRID (EFECOM). Esta es la principal novedad que el grupo socialista ha incluido en las enmiendas presentadas al proyecto de ley que reforma el sistema público de pensiones y que está en tramitación parlamentaria.

Según la enmienda del PSOE, el juez que lleve el proceso de separación, divorcio o nulidad de un cónyuge en estas circunstancias podrá ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que verifique la situación.

Las cotizaciones que en su caso se reconozcan "surtirán todos los efectos previstos en la legalidad en orden a causar las prestaciones del sistema de la Seguridad Social".

El PSOE justifica la inclusión de esta enmienda en las "singularidades que pueden concurrir en entornos dominados por las relaciones familiares" y que tienen un efecto negativo en los derechos sociales del cónyuge afectado, que normalmente suelen ser las mujeres.

La enmienda tiene en cuenta que hay mayores posibilidades de detectar este problema durante los procesos de separación, divorcio o nulidad, por lo que establece que sea el juez el que pida a la Inspección de Trabajo que investigue y establezca el periodo de cotización que debe ser reconocido al reclamante.

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