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¡Ojo con prestarle dinero a los socios!

LUIS A. TORRALBA. 13/12/2010 Uno de los grandes problemas a los que se enfrentan las empresas a la hora de calibrar las operaciones vinculadas son los préstamos que se hacen entre los socios, que siempre "deben de estar adecuadamente valorados a la hora de preparar el cierre fiscal

VALENCIA (VP). Cerca de una treintena de empresarios que representaban a otras tantas compañías acudieron la semana pasada al desayuno de trabajo que organizó Cuatrecasas, Gonçalves Pereira (CGP) sobre los aspectos a valorar de cara al final del año fiscal.

La regulación de las operaciones vinculadas, que en los últimos años ha cobrado una gran importancia, fue el punto fuerte del encuentro, que corrió a cargo de Patricia Motilla (socia del área Financiera y Tributaria del despacho valenciano de CGP), Amparo Gomis (economista y asociada del área Financiera y Tributaria de CGP en Valencia) y Francisco Ferrandis (abogado y asociado senior también de dicha área de CGP).

Las operaciones vinculadas son operaciones realizadas con empresas de familiares, de miembros del consejo, operaciones entre filiales, precios a los que se han fijado las compra ventas con empresas del grupo, métodos de valoración de esos precios o relaciones con firmas participadas.

Este tipo de operaciones se han convertido en uno de los objetivos prioritarios de la Agencia Tributaria, dado que el hecho de que hayan diferentes tributaciones entre países provoca la ‘picaresca empresarial' de las reducciones en las cuotas tributarias aprovechando los resquicios legales.

Muy especialmente en aquellas instituciones que están exentas del pago del IVA- como las relacionadas con la sanidad y la enseñanza-, que utilizan para poder recuperar el IVA pagado en a la ejecución de obras de construcción o rehabilitación. "Hacienda está hincando el diente a todas las operaciones vinculadas", a juicio de la socia. Además, "Hacienda está requiriendo a las sociedades inactivas a que presenten sus impuestos de sociedades".

Los tres expertos de CGP informaron a los asistentes de la importancia de reflexionar sobre varias decisiones en la recta final del ejercicio. Por ejemplo, la aplicación del régimen especial de consolidación en el impuesto sobre sociedades; o la aplicación del régimen especial de grupos de entidades en el IVA.

Motilla informó de los tres grandes cambios en las nuevas directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) sobre las operaciones vinculadas: la sustitución de la jerarquía de los métodos de transparencia y adopción del principio "método más apropiado según las circunstancias del caso"; mayor importancia al análisis de comparabilidad; y extensión y reenfoque de las directrices propuestas para los métodos de beneficio de la operación.

"NO HAY QUE ASUSTARSE ANTE UNA INSPECCIÓN DE HACIENDA"

Las experiencias en los procedimientos de inspección coparon buena parte del interés de los asistentes. Al hilo de ello, Motilla recalcó que "no hay que asustarse ante una inspección de operaciones vinculadas", que apuntó que "los americanos son los pioneros en este tipo de operaciones" aunque eso sí "la OCDE es permisiva con la petición de documentación con las empresas americanas". Mientras que Ferrandis reconoció que "la jurisprudencia parece que nos va apoyando".

Por su parte, las recomendaciones de cara al cierre fiscal pasan por revisar que el valor (contable y fiscal) de las nuevas operaciones vinculadas realizadas durante el ejercicio responde a valor mercado; así como un correcto análisis funcional y de riesgos para asignar el margen de la operación.

En lo que respecta a los servicios dentro del grupo es fundamental la justificación de la efectiva prestación de los servicios, como también de la efectiva utilidad del servicio para la entidad beneficiaria y la justificación de las claves de reparto de los costes entre las entidades beneficiarias. Para ello es determinante que todo se plasme en la formalización en un contrato.

Por último, en el caso de las operaciones financieras, los expertos de CGP tienen claro varios parámetros para sacarles partido: fijar un tipo de interés que sea de mercado en el momento de la formalización del contrato; fijar también el calendario de pagos en el contrato; contabilizar el devengo de los intereses; practicar retención a cuenta; remunerar las garantías; y, muy importante, tener claro los préstamos participativos.

¡OJO CON LOS PRÉSTAMOS ENTRE SOCIOS!

Precisamente uno de los grandes problemas a los que se enfrentan las empresas a la hora de calibrar las operaciones vinculadas son los préstamos que se hacen entre los socios, que siempre "deben de estar adecuadamente valorados a la hora de preparar el cierre fiscal", advirtió Motilla.

Las recomendaciones sobre los trámites a realizar antes de final de año, según señaló Amparo Gomis, pasan por "adoptar un acuerdo individual de todas las sociedades del grupo y comunicárselo a la Administración tributaria".

Asimismo, la experta señaló que "el riesgo de operaciones vinculadas es latente, por lo que compensa consolidar y, al final, la consolidación fiscal no conlleva trabajo administrativo sino que se convierte en una rutina". Además, "Hacienda tiene en estos momentos instrucciones de ayudar en este sentido", advirtió Motilla.

Las ventajas superan a los inconvenientes, a juicio de los tres expertos, dado que por un lado existe un diferimiento de la tributación, compensación de bases imponibles negativas, aplicación de deducciones, exoneración de la obligación de retener, una menor obligación de elaboración de documentación y un menor riesgo en operaciones de reestructuración en el impuesto de sociedades; mientras que en el otro lado de la balanza apenas aparecen la complejidad en la gestión y en la comprobación.

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