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Abogacía de la Generalitat asesorará a Ciudad de la Luz por 6.000 euros/año

VALENCIAPLAZA.COM. 30/01/2014

VALENCIA (EFE). La Abogacía General de la Generalitat prestará servicio de asistencia jurídica a la Fundación Centro de Estudios Ciudad de la Luz de la Comunitat Valenciana por 6.000 euros anuales, según el convenio firmado entre el Consell y la fundación.

Según publica hoy el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, el convenio se suscribió el pasado 10 de enero entre el conseller de Presidencia, José Císcar, y el director general de esa fundación, José Antonio Escrivá.

El convenio tendrá vigencia desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre próximo, aunque si no hay denuncia expresa de cualquiera de las partes comunicada con una antelación de tres meses antes del fin del convenio se entenderá prorrogado por años naturales.

El convenio recoge que la Abogacía prestará a la Fundación asistencia jurídica consistente en el asesoramiento en derecho y la representación y defensa en juicio por medio de los abogados de la Generalitat o funcionarios habilitados por la abogada general.

La fundación se reserva la facultad de ser asesorada, representada y defendida por abogado y procurador especialmente designados al efecto, sin perjuicio de que la asistencia jurídica externa que quiera contratarse deba ajustarse a lo establecido en la ley de Asistencia jurídica de la Generalitat.

Asimismo, todos los órganos de la Fundación deberán prestar su colaboración a la Abogacía de la Generalitat y la entidad designará un representante que asumirá las funciones de coordinación y relación con los letrados coordinadores.

Los 6.000 euros anuales se pagarán a cuatrimestres vencidos y la cifra será actualizada anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios de Consumo (IPC), mientras que la cantidad anual podrá revisarse a partir del primer año de vigencia y de mutuo acuerdo en función del número e importancia de los asuntos.

El documento también recoge que, en los procesos en los que existan condenas en costas, cuando el condenado sea la Fundación, será ésta quien abone esas costas, mientras que si la condenada es la parte contraria el importe se ingresará a favor de la Abogacía de la Generalitat.

La aplicación y ejecución de este convenio no tendrá incidencia en la dotación de los capítulos de gasto asignada a la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en la fecha de publicación del mismo, y en todo caso será atendido con los medios personales y materiales de esa Conselleria.

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