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¿QUÉ PASA AHORA?

Las seis respuestas ante la sentencia que anula los despidos de canal Nou

A. MOHORTE. 05/11/2013 La decisión del TSJCV tiene un efecto directo en la plantilla y en el futuro de la empresa

VALENCIA. La anulación del expediente de regulación de empleo (ERE) de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV) plantea el peor escenario posible para la dirección de la empresa, pero no significa el final del proceso. 

#1 ¿Los trabajadores se reincorporarán ya?
La reincorporación de los trabajadores que contempla la nulidad del ERE no será efectiva hasta que haya sentencia firme. Ante la intención anunciada por la dirección de la empresa de recurrir la decisión judicial si no atendía sus interesas, el caso pasará al Tribunal Supremo, que volverá a juzgar el caso y tardará en torno a un año en dar su propia valoración.

Si en ese momento el Supremo ratifica la anulación, a los trabajadores se les notificará en las direcciones de contacto que presentaron al inicio del procedimiento para informarles del proceso de reincorporación. 

#2 ¿Qué pasa con las indemnizaciones recibidas?
En el caso de que el TS ratifique la sentencia, los trabajadores deberán devolver las indemnizaciones percibidas y la empresa tendrá que pagarles los salarios correspondientes al periodo en el que han estado fuera de la empresa.

Si el trabajador no quiere reincorporarse a las empresa tendrá que presentar su renuncia, con lo que su salida de la compañía no corresponderá a un despido, sino a una renuncia voluntaria. De este modo, cobrará los salarios atrasados, pero no una indemnización por despido. 

#3 ¿Va a cerrar RTVV?
Hasta que no haya sentencia firme, la decisión judicial no tiene el porqué tener un efecto directo en la empresa, según distintas fuentes jurídicas consultadas. Además, distintos responsables del Consell, como el vicepresidente José Ciscar, o el secretario general del PPCV, Serafín Castellano, han insistido públicamente en la defensa de la supervivencia de la cadena.

Aunque inicialmente se advirtió que el cierre era una posibilidad que se pondría sobre la mesa, la actitud del ejecutivo valenciano va ahora más encaminada a defender la continuidad de la radio televisión pública valenciana, pese a no especificar el modo hasta que el ERE tenga una solución definitiva.

#4 ¿Qué pasa con el contrato programa entre Generalitat y RTVV?
El texto del contrato programa que establece la financiación pública del ente recoge explícitamente que "Si se declara la nulidad del ERE, RTVV comunicará a la Generalitat la inviabilidad económica de la sociedad en los términos que contiene este documento, siendo esta circunstancia una causa que dará derecho a las partes (Generalitat y RTVV) a la resolución del presente contrato-programa".

En todo caso, como ocurre en el resto de aspectos afectados por la sentencia, esta medida no se podrá asumir hasta que no se produzca una sentencia firme, que dependerá de la decisión que tome el TS, en el caso de que la sentencia del TSJCV sea recurrida.  

#5 ¿Qué pasa con el concurso de externalización de contenidos que se falló hace una semanas?
Como ocurre con el contrato programa, el pliego de condiciones establece que la resolución por declaración de nulidad del ERE de RTVV traerá consigo una indemnización máxima equivalente a dos mensualidad del contrato.

#6 ¿No habrá más ERE en RTVV?
La anulación de un ERE no significa que la empresa no pueda iniciar un nuevo procedimiento de despido colectivo. A lo largo del juicio, todas las partes reconocieron la debilidad económica extrema que vive la empresa y el juez no cuestiona ese aspecto. Lo que señala es que se ha hecho de forma indebida, por lo que, si la dirección quiere recortar la platilla, puede hacerlo, pero respetando al legalidad y la igualdad de los trabajadores ante los criterios acordados. 

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1 comentario

virtual sets escribió
06/11/2013 16:57

Yo tengo una duda, pero si la GVA ha cerrado las empresas donde estabamos trabajando.. después de la sentencia firma, nos recolocan en la nueva empresa. ¿es Legal? Se toma como renuncia si no quieres trabajar para otro empleador.

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