X AVISO DE COOKIES: Este sitio web hace uso de cookies con la finalidad de recopilar datos estadísticos anónimos de uso de la web, así como la mejora del funcionamiento y personalización de la experiencia de navegación del usuario. Aceptar Más información
GRUPO PLAZA
PROTEGIENDO A LOS MINORISTAS

La CNMV se pone dura con las gestoras de fondos para ganar transparencia

VALENCIAPLAZA.COM. 12/07/2013 Les exigen que adviertan a los partícipes que ni la rentabilidad ni el capital están garantizados

MADRID (EP). La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha puesto en marcha nuevas medidas de protección a los partícipes de los fondos de inversión con objetivo de rentabilidad, entre las que exige que la información de estos fondos incluya advertencias que indiquen que ni la rentabilidad ni el capital están garantizados.

En un comunicado, la CNMV esgrime que estas medidas persiguen aumentar la transparencia en la comercialización de esos productos, así como en la transformación de fondos garantizados en otros con objetivo de rentabilidad no garantizada. "La frecuencia ha aumentado significativamente", ha advertido.

En este sentido, ha señalado que en los últimos tiempos se observa una tendencia creciente a la sustitución de fondos garantizados por otros que tienen un objetivo concreto de rentabilidad, pero que no está garantizada.

GARANTÍA

Esta práctica, según el supervisor presidido por Elvira Rodríguez, aumenta el riesgo de que el partícipe no sea plenamente consciente de que la nueva política de inversión no cuenta con la garantía de un tercero ajeno al fondo.

En concreto, en el escrito que las entidades deben remitir a los partícipes de los fondos garantizados cuando éstos se transformen en otros no garantizados deberán hacer hincapié (en letras mayúsculas) en que el fondo deja de estar garantizado. Además, deberán remitir a la CNMV el borrador de dicha carta.

Para todos aquellos fondos preexistentes que modifiquen su política de inversión con un objetivo concreto de rentabilidad (garantizado o no) deberán enviar junto a la carta a los partícipes el Documento de Datos Fundamentales para el Inversor (DFI) inscrito en la CNMV. Esto implica que, en lo sucesivo, la inscripción del folleto y el DFI deberá ser previa a dicha carta, con el fin de que el inversor preexistente disponga de una información más completa.

Comparte esta noticia

comentarios

Actualmente no hay comentarios para esta noticia.

Si quieres dejarnos un comentario rellena el siguiente formulario con tu nombre, tu dirección de correo electrónico y tu comentario.

Escribe un comentario

Tu email nunca será publicado o compartido. Los campos con * son obligatorios. Los comentarios deben ser aprobados por el administrador antes de ser publicados.

publicidad