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Alfredo Sáenz recurrirá la sentencia de Supremo que anula parte de su indulto

26/02/2013

MADRID (EFECOM). La defensa del consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, recurrirá la sentencia del Tribunal Supremo que anula parcialmente el indulto que le concedió el anterior Gobierno y que le permitió permanecer en su cargo.

Así lo han explicado hoy a EFE fuentes de la entidad, que han añadido que la defensa de Sáenz presentará en breve un recurso de amparo "por infracción del derecho de igualdad y del derecho a tutela judicial efectiva".

Antes del recurso, como paso previo, la defensa de Sanz presentará un incidente de nulidad, añadieron las mismas fuentes.

Hoy el Tribunal Supremo publicó la sentencia sobre el indulto que el gobierno de Jose Luis Rodríguez Zapatero concedió a Sáenz, y que anulaba las "consecuencias administrativas" de su condena.

Una de las consecuencias de la condena era que, según la legislación vigente, Sáenz perdía los requisitos de honorabilidad para permanecer en el cargo debido a la existencia de antecedentes penales. Por tanto, gracias al indulto, Sáenz pudo seguir como consejero delegado.

Pero ahora el Supremo considera que el anterior Gobierno se extralimitó en sus competencias al cancelar las consecuencias administrativas de su condena y al establecer que no le podía afectar ningún "impedimento para ejercer la actividad bancaria".

La decisión anula los efectos administrativos del indulto que inhabilitaban a Sáenz para ejercer como banquero, pero mantiene el indulto sobre su parte penal, es decir, el arresto de tres meses al que fue condenado.

El recurso se interpuso contra los dos reales decretos del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en los que indultaba a Sáenz y a Miguel Ángel Calama (también directivo del Banesto en el momento de los hechos por los que fueron originalmente condenados).

Según la normativa actual, Sáenz podría ser inhabilitado de manera automática por la existencia de antecedentes penales, aunque esto podría evitarse si sale adelante el proyecto de Real Decreto que se ha sometido a consulta pública hasta el pasado 7 de febrero.

Según la nueva norma, la inhabilitación no será automática, sino que el Banco de España deberá tener en cuenta otros factores a la hora de valorar si un condenado puede o no formar parte del consejo de administración de una entidad financiera.

Así, el texto explica que cuando un consejero o administrador haya sido condenado por un delito doloso, hay que valorar si la condena o sanción es firme, la gravedad de la condena impuesta, el tiempo que ha transcurrido desde que ocurrieron los hechos, o si hubo circunstancias atenuantes.

Además, según publica hoy Expansión, el Banco de España deberá tener en cuenta la opinión de los tribunales a la hora de evaluar si un banquero que ha cometido un delito mantiene la condición de honorabilidad.

En marzo de 2011, el Supremo condenó al consejero delegado del Banco Santander a tres meses de prisión y de inhabilitación para ejercer funciones en banca por un delito de acusación falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993.

Alfredo Sáenz es el único de los condenados por el Supremo por el caso de la denuncia falsa que continúa desempeñando un cargo en banca, después de que Miguel Ángel Calama abandonara en septiembre su puesto de director general de Globalcaja para acogerse al plan de prejubilaciones de esta entidad rural.

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